Flexibiliza transitoriamente los requisitos de acceso e incrementa el monto de las prestaciones al seguro de desempleo de la ley nº 19.728, con motivo de la pandemia originada por el covid-19, y perfecciona los beneficios de la ley nº 21.227 Chile
Flexibiliza transitoriamente los requisitos de acceso e incrementa el monto de las prestaciones al seguro de desempleo de la ley nº 19.728, con motivo de la pandemia originada por el covid-19, y perfecciona los beneficios de la ley nº 21.227
- TÍTULO I
FLEXIBILIZA REQUISITOS DE ACCESO AL SEGURO DE DESEMPLEO Y MEJORA PRESTACIONES - Artículo 1. Los trabajadores afiliados al seguro de la ley Nº 19.728 que se encuentren...
- Artículo 2. Para los efectos de las prestaciones que se soliciten en virtud del presente...
- Artículo 3. Las prestaciones que se paguen con cargo a los fondos de la Cuenta...
- Artículo 4. Las prestaciones que se paguen con cargo al Fondo de Cesantía Solidario de...
- Artículo 5. Los trabajadores afiliados al seguro de la ley Nº 19.728 que se encuentren...
- Artículo 6. En todas aquellas materias no previstas en este Título regirán las...
- TÍTULO II
PERFECCIONA LAS PRESTACIONES DE LA LEY Nº 21.227 - Artículo 7. Durante la vigencia de la presente ley y hasta el 31 de octubre de 2020, las...
- TÍTULO FINAL
DISPOSICIONES GENERALES - Artículo 8. El pacto de reducción temporal de la jornada de trabajo a que se refiere el...
- Artículo 9. La Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía podrá tener derecho, con...
- Artículo 10. Las prestaciones pagadas conforme a esta ley no se considerarán para la...
- Artículo 11. Los trabajadores de casa particular que tengan suspendidos los efectos del...
- Artículo 12. La presente ley entrará en vigencia a la fecha de su publicación en el...
- Artículo 13. La Superintendencia de Pensiones estará facultada para impartir...
- Artículo 14. Para efectos del financiamiento de las prestaciones que otorga esta ley, se...
- Artículo 15. En el caso de trabajadores a los que al mes de agosto del año 2020 les...
- Artículo 16. Dentro del plazo de doce meses contado desde la publicación de la presente...
- Artículo 17. Los trabajadores y trabajadoras acogidos a las disposiciones de los Títulos...
- Artículo 18. En el evento que cesen los efectos de la suspensión de la relación laboral...
- Artículo 19. Intercálase, en el inciso primero del artículo 34 B de la ley Nº 19.728, a...
- Artículo 20. El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el...
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y por que a la locomocion colectiva no le piden sillas de niño para trasportar a los pasajeros y si a los autos particulares si todos estan expuestos a algun acc de transito
la vivienda social a construir con el ds49 superara el valor de 1000 u.f. a que se refiere el art. 55 LGUC.
queda vigente el IFC que autorizo por art. 55 LGUC ?
Se anula el IFC autorizado ?
Para validar "la circunstancia de hallarse en su entero juicio", ¿está establecido que el médico evaluador debe ser de alguna especialidad determinada? Leí en algunos artículos que solo podían ser geriatra, neurólogo o psiquiatra, pero luego, a contar del 2021, se desestimó ese requisito. ¿Podrían indicarme a qué medico o profesional de la salud mental, se puede recurrir?
Estimad@, en dicho caso debe tramitar patente de oficina virtual, la que debe solicitar en la comuna donde haya declarado su casa matriz ante el SII (no necesariamente la misma de la escritura de constitución). Dicha patente grava su actividad con el artículo 24° de la Ley N° 3.063 e incluye el derecho de aseo. Si existe otra patente en la misma dirección que ya paga el aseo, debe solicitar que no se le cobre este monto.
Saludos!
hola buen día, existe norma expresa que autorice la ampliación de un embargo a los bienes del conyuge? si no son suficientes los bienes del marido deudor
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