Fija normas para la promoción de cargos en las plantas de oficiales penitenciarios y de suboficiales y gendarmes Chile
Fija normas para la promoción de cargos en las plantas de oficiales penitenciarios y de suboficiales y gendarmes
- TÍTULO I
De la Promoción - Artículo 1. La promoción del personal de las plantas de Oficiales Penitenciarios y de...
- TÍTULO II
Normas Comunes de Promoción para las Plantas de Oficiales Penitenciarios y de Suboficiales y Gendarmes - Artículo 2. A contar del 1 de enero de 2023, la ponderación de los factores,...
- Artículo 3. A contar del 1 de enero de 2023, la ponderación de los factores,...
- Artículo 4. El resultado de cada factor se obtendrá de la multiplicación del valor de la...
- Artículo 5. El examen habilitante será desarrollado por la Escuela de Gendarmería de...
- Artículo 6. Para rendir los exámenes habilitantes establecidos en el artículo 17 I letra...
- Artículo 7. Las materias que se considerarán en cada uno de los exámenes habilitantes...
- Artículo 8. Los exámenes habilitantes se realizarán en la fecha que determine el...
- Artículo 9. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 17 II, inciso final del Estatuto...
- Artículo 10. Para efectos de determinar el puntaje que definirá el ascenso de los...
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La norma habla de "permanencia", desde luego, constatandose que el imputado se encuentra en el recinto, corresponde al funcionario de Gendarmería entregarle la notificación. Si se negare a aceptar la cédula o citación respectiva a pretexto de que el imputado no permanece en ese CDP, desde luego que el receptor puede dejar registro de ello para solicitar lo que corresponda. Si dicha negativa fuera injustificada y hay conocimiento de que el imputado permanece en ese centro, igualmente sería recomendable atestar sobre dicha circunstancia, de modo que se haga valer la responsabilidad del jefe del centro. Esto respecto de Gendarmería. La primera parte de la pregunta "respecto del tribunal", no se entiende.
Plazo de caducidad o prescripción? juegue
puede el tribunal o gendarmeria no notificar al imputado?
Si, hasta 10 años de carcel,
Slds.
Buenos días. Lamentablemente depende de la Corte de Apelaciones en que se encuentre el proceso y de la resolución o sentencia que se esté apelando. Por regla general la apelación de incidentes (que son cuestiones accesorias de un juicio) demoran aproximadamente 3 meses. Cuando la apelación es de sentencia definitiva (la que pone fin a un juicio resolviendo la solicitud principal) puede tardar muchísimo mas (por ejemplo, Valparaíso tarda aproximadamente 6 meses y Santiago puede tardar hasta 10).
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