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Crea la defensoria penal publica Artículo 33 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09-10-2024

Crea la defensoria penal publica
Artículo 33.

Concédese al personal de planta y a contrata del Servicio una "asignación de defensa penal pública", de los montos mensuales que se indican, según las plantas y grados que se señalan, en valores vigentes al 30 de noviembre de 2000, los que se reajustarán en los mismos porcentajes que se determinen para las remuneraciones del sector público:

Planta Grados Escala Montos mensuales Fiscalizadores

Defensor Nacional 1 Directivos 2 Directivos 3 Directivos 4 Directivos 5 Profesionales 5 Profesionales 6 Profesionales 7 Profesionales 8 Profesionales 9 Profesionales 10 Profesionales 11 Profesionales 12 Profesionales 13 Técnicos 14 Técnicos 15 Técnicos 16 Técnicos 17 Técnicos 18 Administrativos 16 Administrativos 17 Administrativos 18 Administrativos 19 Administrativos 20 Administrativos 21 Auxiliares 18 Auxiliares 19 Auxiliares 20 Auxiliares 21 Auxiliares 22



Chile Art. 33 Crea la defensoria penal publica
Artículo 1 ...31 32 33 34 35 ...76

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hola.... esta correcto si se pide el cumpimiento despues de 1-3 meses de emitida la resolucion por juzgado poicia local?... Si al pedirla, se rechaza por extemporaneo, que hacer????? AYUDAAaaa


VALE SEX vosotros sabéis


Me llegó una notificación previo rechazo, habiendo ingresado una reunificación familiar por vínculo, antes de la misma me autodenuncié y pagué la multa según la sanción establecida.


Deberian de contratar al abogado promesa, don Agustin Aracena.


Es formal o sustantivo?


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