Imprimir

Crea el ministerio de ciencia, tecnología, conocimiento e innovación Artículo 29 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11-03-2025

Crea el ministerio de ciencia, tecnología, conocimiento e innovación
Artículo 29.

Sustitúyese, en la letra d) del artículo 9º de la ley Nº 20.380, sobre protección de animales, la expresión "Presidente de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica" por "Ministro o Ministra de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación".



Chile Art. 29 Crea el ministerio de ciencia, tecnología, conocimiento e innovación
Artículo 1 ...27 28 29 30 31 ...decimonoveno

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

ursula + shoske


Frente playero el resto que la chupe


existen variantes segun este mismo artículo del codigo civil. -


valesex vosotros sabeis



Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse