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Código de Derecho Internacional Privado Artículo 316 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 13-09-2023

Código de Derecho Internacional Privado
Artículo 316.

La competencia ratione loci se subordina, en el orden de las relaciones internacionales, a la ley del Estado contratante que la establece.



Chile Art. 316 CDIP
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