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Código de Derecho Internacional Privado Artículo 263 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11-03-2025

Código de Derecho Internacional Privado
Artículo 263.

La forma del giro, endoso, fianza, intervención, aceptación y protesto de una letra de cambio, se somete a la ley del lugar en que cada uno de dichos actos se realice.



Chile Art. 263 CDIP
Artículo 1 ...261 262 263 264 265 ...437

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ursula + shoske


Frente playero el resto que la chupe


existen variantes segun este mismo artículo del codigo civil. -


valesex vosotros sabeis



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