Imprimir


Nombre: Rodrigo Parra

0   0
Está en el sitio desde: 08-06-20

Los comentarios del usuario Rodrigo Parra

Al tratarse este de un delito de acción penal pública, deberás hacer la denuncia ante carabineros o la PDI, o por otro lado, con ayuda de un abogado podrías dar curso a la querella respectiva, saludos!


Hola, en principio la infracción del artículo 138 del código penal se sanciona con reclusión menor en su grado mínimo, lo que significa que puede ser una reclusión de 61 a 540 días.

Ahora como indicas si no se había infringido antes otro delito, se podría recurrir a la atenuante de responsabilidad penal que consiste en la irreprochable conducta anterior, de esta manera la pena rebajaría razonablemente dependiendo de la gravedad del hecho y en el mejor de los casos la pena podría comprender entre 61 a 301 días.

De igual manera no soy abogado, solo soy un estudiante de derecho por lo que espero que un abogado penalista te pueda dar una respuesta más completa.

Saludos! Espero que todo te vaya bien.


Los nuevos comentarios en el sitio web

valesex444


Buenos días. Gracias por la atención. Hemos actualizado este artículo.


Buenos días. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este artículo.


Falta agregar en el articulo 12 el numeral 24


cual articulo tiene validez respecto al mismo tema el 494 inciso 8 o el 313 A?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse