
Nombre: José Perez Cotapo
Los comentarios del usuario José Perez Cotapo
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Buen día, llego a casa de mi madre una notificación por carta certificada de mandamiento de ejecución de embargo, a nombre de mi padre el cual falleció en junio del 2021, dice multa infrac. viene de la tesoreria regional santiago sur. donde puedo averiguar para saber de que trata ?
ola usted ve tr mites legale¿¿¿¿¿
Es súper ilegal demandé de inmediato
hola, la gratificación corresponde a uno de los tipos de remuneraciones que recibe el trabajador del empleador por causas de contrato de trabajo.
los tipos de remuneraciones que podemos encontrar en este código (art 42 CT)
1) el sueldo
2) el sobresueldo
3) la comisión
4) la participación
5) gratificación legal: la cual corresponde a un tipo de remuneración con facturación anual, de las utilidades generadas por la empresa y que se paga en beneficio del trabajador adicional al sueldo
entonces la gratificación correspondería a un elemento adicional a tu sueldo, la cual esta sujeta al desempeño económico de la empresa a la cual prestas servicios, por ende su pago es relativo y sujeto a condición, entonces como depende de la facturación anual de los activos de la empresa es legal que esta pueda variar e incluso frente a situaciones de mal desempeño económico pudiéndose no ser pagada, lo que seria ilegal es que esta se contemplara como remuneración adicional en tu contrato y frente a periodos de ganancias no se te pagara, inclusive si no se te contempla en el contrato de trabajo y el pago se repite en mas de 3 ocasiones podría entenderse tácitamente como derecho laboral adquirido, haciéndose parte automáticamente del contrato, frente a cualquier irregularidad recuerda visitar la Inspección del Trabajo más cercana que tengas
Buenas noches quisiera saber si es legal el uso de una aplicación en celular de un estudiante avalado por sus padres que grabe permanentemente a sus compañeros y al profesor dentro del aula sin el consentimiento de estos.
Gracias
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Este art318 es un articulo mañoso, hecho con el único fin de amedrentar a la ciudadanía. Para efectos penales, se transforma en un ley con "cheque en blanco", toda vez que para formalizar al detenido, el fiscal deberá reunir las pruebas necesarias para:
-Demostrar ante tribunales que el imputado estaba en conocimiento de que se encontraba enfermo.
-Demostrar que el imputado efectivamente contagio al menos a un tercero.
-Demostrar el daño concreto ejercido sobre un tercero (UCI o Muerte por ejemplo)
Claramente, el fiscal no podrá reunir esos antecedentes y por lo tanto no presentará carpeta en los plazos que exige la ley.
Por otro lado, al momento de la detención ud debe informar al personal policial que recurrirá a "Amparo" (recurso de amparo), ante la corte de apelaciones respectiva, por esa vía, Ud. podrá probar que la detención fue ilegal, toda vez que el personal policial no podrá justificar la detención por razón de la comisión inminente de un delito, lo que será demostrado por falta de pruebas, Ud. podrá exigir entonces indemnización por perjuicios al estado .(Por ejemplo daños morales por estar detenido y ser tratado como un delincuente) y el funcionario policial será sometido a sumario administrativo.
A lo mas le podrán cursar una multa administrativa por no cumplir el decreto del minsal, a lo que Ud. podrá "recurrir"(dar sus descargos al juez) y seguramente será eliminada o rebajada. Por ultimo, si se la sacan,...no la pague, pues no conlleva persecución administrativa (solicitud de embargo por ejemplo), ni tampoco se ve reflejada en la hoja de antecedentes.
Estas leyes, impulsados a la fuerza por la ONU y sus terroristas asalariados, como toda trampa, se cae sola. Hay que tener ojo en los próximos años, en que el globalismo y sus tentáculos políticos, intentará cambiar por todos los medios las leyes para generar un estado sanitario dictatorial. Atentos a cualquier cambio en las policías, los niños, las figuras penales, etc. NOS ESTAN QUERIENDO SOMETER A LA FUERZA POR LA VIA LEGAL HASTA QUE NO SEAMOS DUEÑOS DE NADA. (Palabras textuales del Foro Económico Mundial)
Código Penal Artículo 318.