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Sustituye plantas de personal de la direccion de bibliotecas, archivos y museos y de la junta nacional de jardines infantiles Artículo 3 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23-07-2024

Sustituye plantas de personal de la direccion de bibliotecas, archivos y museos y de la junta nacional de jardines infantiles
Artículo 3.

Suprímense, a contar del 1° de enero de 1992, en la subplanta del personal en comisión de servicio en la Junta Nacional de Jardines Infantiles, de la planta nacional de cargos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, cinco cargos ocupados por personal que efectivamente se encuentra prestando servicios en dicha Junta. Créanse, a contar de la misma fecha, en la planta de personal de la Junta Nacional de Jardines Infantiles,los cinco cargos necesarios para que el personal a que se refiere este artículo sea encasillado en este servicio, sin solución de continuidad, a lo menos en el mismo grado que actualmente tienen.

Para este efecto, amplíase la dotación máxima de la Junta Nacional de Jardines Infantiles en la misma cantidad de personas.

Redúcese el presupuesto del Ministerio de Vivienda y Urbanismo en la parte correspondiente a los cargos que en dicha Secretaría de Estado se suprimen y auméntanse el presupuesto de la Junta Nacional de Jardines Infantiles en la misma cantidad.



Chile Art. 3 Sustituye plantas de personal de la direccion de bibliotecas, archivos y museos y de la junta nacional de jardines infantiles
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Como lo puedo ubicar a ud lo necesito porqud medijeron que ud me puede solucional todas mis respuestas las grande intituciones que me estan apollando en mis derechos de autor y mis derecbos a economia y finanzas en general ,bienes etc


Se solicita en el Sag, ellos lo derivan al Minvu, por esose convierte en un trámite laaaaaargo


Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curado. ¿Haría lo anterior imposible solicitar la curaduría?


Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curador.


b) Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo.

PD (17/7/24): leyes-cl.com ya hizo la corrección del caso, muchas gracias.


Dirección: Independencia 571

Email: [email protected]

Sitio web: www.sergioarenasabogado.cl


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