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Sustituye plantas de personal de la direccion de bibliotecas, archivos y museos y de la junta nacional de jardines infantiles Artículo 2 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11-03-2025

Sustituye plantas de personal de la direccion de bibliotecas, archivos y museos y de la junta nacional de jardines infantiles
Artículo 2.

Sustitúyense, a contar del 1° de enero de 1992, las plantas de personal de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, por las que se indican: Planta/Cargos Grado E.U.S. N° Cargos PLANTA DE DIRECTIVOS Vicepresidente Ejecutivo 2 Director Departamento 5 Director Departamento 5 Director Departamento 5 Director Departamento 5 Director Departamento 5 Director Departamento 5 Director Regional Metropolitano 6 Director Departamento 5 Directores Regionales (IV, V, VII y VIII Regiones) 7 Directores Regionales (I, II, III, VI, IX, X, XI y XII Regiones) 8

En la Planta de Profesionales, los cargos que se indican serán desempeñados por profesionales que cumplan las funciones que se señalan:

- Un cargo grado 6°; tres cargos grado 7°; diecisiete cargos grado 8°; diez cargos grado 9°; siete cargos grado 10°; cinco cargos grado 11°, y cinco cargos grado 12°, funciones de Gestión de Administración y Gestión Técnica.

- Tres cargos grado 10°; siete cargos grado 11°; diez cargos grado 12°, veintidós cargos grado 13°; diecisiete cargos grado 14°, y diez cargos grado 15°, función de Supervisión.

- Setenta y cinco cargos grado 14°; doscientos quince cargos grado 15°, y ciento un cargos grado 16°, función de Dirección de Jardines Infantiles A, B o C, respectivamente.

Diez cargos grado 15°; cuarenta y un cargos grado 16°; ochenta cargos grado 17°, y cuatro cargos grado 18°, función Pedagógica en Jardines Infantiles.

En la Planta de Técnicos, un cargo grado 10° será desempeñado por un técnico que cumpla funciones de Programación.



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ursula + shoske


Frente playero el resto que la chupe


existen variantes segun este mismo artículo del codigo civil. -


valesex vosotros sabeis



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