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Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala y concede otros beneficios que indica Artículo 47 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09-03-2026

Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala y concede otros beneficios que indica
Artículo 47.

A contar de 1 de enero de 2016, sustitúyese la tabla contenida en el artículo 34 del decreto con fuerza de ley Nº 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda, por la siguiente:

Grados Viático Completo Viático Sin Alojamiento

1 al 10 $ 76.798

11 al 17 $ 58.567

18 al 23 $ 44.200

El viático de faena para el Servicio de Impuestos Internos será el establecido en el artículo quinto de la ley Nº 19.882.



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  1. chupenlo zurdos qls, la tienen adentro

chupalo kast


juro que yo no fui


Chúpalo Benja Diaz


chupala isai ramirezz


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