Organica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios Artículo 230 Chile
Organica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios
Artículo 230.
Artículo 230.- En los casos en que un funcionario del Servicio Exterior o perteneciente a la planta de secretaría y administración general del Ministerio de Relaciones Exteriores, o un empleado chileno del consulado chileno, incurriere en las faltas establecidas en el artículo 142, sin perjuicio de las sanciones allí contempladas, el Subsecretario de Relaciones Exteriores deberá ordenar la instrucción del sumario administrativo correspondiente.
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Nada habla de los vehículos antiguos 25 años o 30 años los cuales están exentos del grabado de la patente en los vidrios. Mezclan los antiguos con los históricos 40 años
Buenos días. Gracias por llamar nuestra atención. Hemos actualizado este artículo.
"Artículo 451.- Los conservadores de bienes raíces deberán inscribir los títulos en los registros de propiedad, de hipotecas y gravámenes y de interdicciones y prohibiciones de enajenar, así como las anotaciones marginales, dentro del plazo máximo de veinte días desde la presentación de los requerimientos.
En caso de reparos a las solicitudes señaladas en el inciso precedente, el plazo para inscribir será de diez días, contado desde el reingreso.".
incorporar el nuevo artículo 451 del Cot, atendido a lo dispuesto en el artículo 5 de la ley 21.718 sobre agilización de permisos de construcción.
Para alzar el embargo es necesaria una resolución del juez que lo ordene, el abandono del procedimiento no tiene ese efecto.
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