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Normas complementarias de administracion financiera, personal y de incidencia presupuestaria Artículo 3 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 30-05-2023

Normas complementarias de administracion financiera, personal y de incidencia presupuestaria
Artículo 3.

Establécese, a contar del 1° de enero y hasta el 30 de junio de 1983, una cotización de un 1% sobre las remuneraciones imponibles de los trabajadores dependientes a que se refiere el artículo 1° del decreto ley N° 3.501, de 1980. Esta cotización incrementará la establecida en la columna 1 del referido artículo 1° y será de cargo de los trabajadores de que se trata. A contar del 1° de julio de 1983, la cotización referida será de 2%.

Los imponentes independientes o voluntarios que no hayan optado por afiliarse al sistema de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980, quedarán afectos a contar de las mismas fechas señaladas en el inciso anterior, a una cotización adicional para salud del 1% y del 2% mensual de su renta imponible, según corresponda, que incrementará la que estuvieren efectuando, y que se regirá, en cuanto a su recaudación y destino, por las normas aplicables a las en actual vigencia.



Chile Art. 3 Normas complementarias de administracion financiera, personal y de incidencia presupuestaria
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si sólo tiene 3 hijos y no hay cónyuge sobreviviente, cada uno tiene el 33,3%. Si hay cónyuge sobreviviente a cada hijo le corresponde el 20%.


Mi tío murió y de su primer matrimonio tuvo 3 hijos y obtuvo su bien propio antes de su segundo matrimonio, en el cual se casó con bienes mancomunados, la duda que tenemos es cuanto porcentaje de la herencia toca cada uno?.


La señora Juana Inés de la Cruz Seijas es de nacionalidad colombiana, vino a Guatemala en el año de 2021, cuando tenía 18 años, en su país de origen se establece que la mayoría de edad se obtiene a los 21 años. Ella decidió a los 6 meses de haber ingresado a Guatemala quedarse para establecer una empresa que se dedicara a la venta de ropa colombiana por lo que decidió asociarse con un grupo de personas para formar una sociedad anónima en Guatemala.

1 ¿tiene capacidad en Guatemala la señora Inés Seijas?

2 ¿Puede la señora Inés Seijas ser parte de los socios fundadores de una sociedad anónima en Guatemala?


Buenas tardes. Gracias por informarnos.


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