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Normas complementarias de administracion financiera, personal y de incidencia presupuestaria Artículo 56 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 30-05-2023

Normas complementarias de administracion financiera, personal y de incidencia presupuestaria
Artículo 56.

Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N° 16.781:

a) Sustitúyese el artículo 4° por el siguiente:

"Artículo 4°.- Por decreto supremo del Ministerio de Salud, firmado con la fórmula "Por orden del Presidente de la República", se fijará periódicamente, a proposición del Fondo Nacional de Salud, el valor de cada uno de los beneficios contemplados en el artículo anterior y el monto con que el Fondo de Asistencia Médica concurrirá a su pago.

En el referido decreto podrán, asimismo, establecerse categorías o tramos diferenciados para la inscripción de los profesionales, establecimientos o entidades que participen en el sistema de libre elección que contempla esta ley, sin que por ello pueda variar el monto de la contribucción del Fondo de Asistencia Médica al financiamiento de estos beneficios.

La diferencia que resulte entre la cantidad con que concurre el Fondo y el valor del beneficio será cubierto por el propio beneficiario".

b) Derógase el artículo 7°.

c) Reemplázase en los incisos primero y tercero del artículo 10 el vocablo "porcentaje" por "monto".



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si sólo tiene 3 hijos y no hay cónyuge sobreviviente, cada uno tiene el 33,3%. Si hay cónyuge sobreviviente a cada hijo le corresponde el 20%.


Mi tío murió y de su primer matrimonio tuvo 3 hijos y obtuvo su bien propio antes de su segundo matrimonio, en el cual se casó con bienes mancomunados, la duda que tenemos es cuanto porcentaje de la herencia toca cada uno?.


La señora Juana Inés de la Cruz Seijas es de nacionalidad colombiana, vino a Guatemala en el año de 2021, cuando tenía 18 años, en su país de origen se establece que la mayoría de edad se obtiene a los 21 años. Ella decidió a los 6 meses de haber ingresado a Guatemala quedarse para establecer una empresa que se dedicara a la venta de ropa colombiana por lo que decidió asociarse con un grupo de personas para formar una sociedad anónima en Guatemala.

1 ¿tiene capacidad en Guatemala la señora Inés Seijas?

2 ¿Puede la señora Inés Seijas ser parte de los socios fundadores de una sociedad anónima en Guatemala?


Buenas tardes. Gracias por informarnos.


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