Ley sobre expendio y consumo de bebidas alcoholicas Artículo 6 Chile
Ley sobre expendio y consumo de bebidas alcoholicas
Artículo 6.
Las municipalidades podrán otorgar patentes para el expendio de bebidas alcohólicas tanto en la parte urbana como en la parte rural de la comuna o la agrupación de comunas respectiva.
Chile Art. 6 Ley sobre expendio y consumo de bebidas alcoholicas
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ya no qiero estudiar ma derecho loco y apenas voy por el primer año
El articulo 48 de la cpr no tiene na que ver, a cuál se refiere en realidad?
No entiendo a qué se refiere el inciso final...
aquí estudiando pa lo del congreso romano en la uct lokoo
yoigual tuve la prueba jasjfgjas saludos manito
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