Ley nº 19.418, sobre juntas de vecinos y demas organizaciones comunitarias Artículo 18 Chile
Ley nº 19.418, sobre juntas de vecinos y demas organizaciones comunitarias
Artículo 18.
Deberán tratarse en asamblea general extraordinaria las siguientes materias:
a) La reforma de los estatutos;
b) La adquisición, enajenación y gravamen de los bienes raíces de la organización;
c) La determinación de las cuotas extraordinarias;
d) La exclusión o la reintegración de uno o más afiliados, cuya determinación deberá hacerse en votación secreta, como asimismo la cesación en el cargo de dirigente por censura, según lo dispuesto en la letra d) del artículo 24;
e) La elección del primer directorio definitivo;
f) La convocatoria a elecciones y nominación de la comisión electoral;
g) La disolución de la organización;
h) La incorporación a una unión comunal o el retiro de la misma, e
i) La aprobación del plan anual de actividades.
Chile Art. 18 Ley nº 19.418, sobre juntas de vecinos y demas organizaciones comunitarias
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Como lo puedo ubicar a ud lo necesito porqud medijeron que ud me puede solucional todas mis respuestas las grande intituciones que me estan apollando en mis derechos de autor y mis derecbos a economia y finanzas en general ,bienes etc
Se solicita en el Sag, ellos lo derivan al Minvu, por esose convierte en un trámite laaaaaargo
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curado. ¿Haría lo anterior imposible solicitar la curaduría?
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curador.
b) Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo.
PD (17/7/24): leyes-cl.com ya hizo la corrección del caso, muchas gracias.
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