Imprimir

Establece normas complementarias de administracion financiera, de incidencia presupuestaria y personal Artículo 97 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28-12-2024

Establece normas complementarias de administracion financiera, de incidencia presupuestaria y personal
Artículo 97.

Introdúcense las siguientes modificaciones al Código de Aguas:

a) Intercálase en el inciso primero del artículo 131 entre las palabras "interesado" y "por", después de la coma que las separa, la frase "dentro de treinta días contados desde la fecha de su recepción". Suprímese, en el mismo inciso, la palabra "matutino".

b) Agrégase al artículo 135 el siguiente inciso final:

"Si la Dirección estimare necesario practicar inspección ocular determinará la suma que el interesado debe consignar para cubrir los gastos de esta diligencia.".

c) Reemplázase, en el inciso primero del artículo 141, el guarismo "15" por "30".

d) Agrégase al artículo 181, el siguiente inciso final:

"En este amparo judicial procederá siempre la habilitación a que se refiere el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil.".

e) Agrégase al artículo 188, el siguiente inciso final:

"La Dirección General de Aguas podrá participar y comprometer recursos en la organización de una comunidad de aguas desde la iniciación de la gestión judicial hasta su inscripción en el Registro de Propiedad de Aguas.".

f) Intercálase, en el acápite inicial del artículo 5° transitorio, entre las palabras "parcialmente" y "por", las siguientes: "o adquiridos a cualquier título".

g) Agrégase, en el mismo artículo 5° transitorio, el siguiente inciso final:

"El Servicio Agrícola y Ganadero podrá requerir la inscripción de los derechos de aprovechamiento a que se refiere este artículo y comprometer recursos en ello.".

h) Suprímese, en el artículo 11 transitorio, la frase "cuya entrega se haya efectuado o se efectúe a sus beneficiarios." y reemplázase la coma que la antecede por un punto.



Chile Art. 97 Establece normas complementarias de administracion financiera, de incidencia presupuestaria y personal
Artículo 1 ...95 96 97 98 99 ...107

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Para validar "la circunstancia de hallarse en su entero juicio", ¿está establecido que el médico evaluador debe ser de alguna especialidad determinada? Leí en algunos artículos que solo podían ser geriatra, neurólogo o psiquiatra, pero luego, a contar del 2021, se desestimó ese requisito. ¿Podrían indicarme a qué medico o profesional de la salud mental, se puede recurrir?


Estimad@, en dicho caso debe tramitar patente de oficina virtual, la que debe solicitar en la comuna donde haya declarado su casa matriz ante el SII (no necesariamente la misma de la escritura de constitución). Dicha patente grava su actividad con el artículo 24° de la Ley N° 3.063 e incluye el derecho de aseo. Si existe otra patente en la misma dirección que ya paga el aseo, debe solicitar que no se le cobre este monto.

Saludos!


hola buen día, existe norma expresa que autorice la ampliación de un embargo a los bienes del conyuge? si no son suficientes los bienes del marido deudor


Debe alegar error de hecho y solicitar se deje sin efecto por no concurrir circunstancias que justifiquen multa


Estimado Quien es el juez competente para conocer de ese asunto, ya que la fiscalía se declara incompetente, por ser temas de copropiedad inmobiliaria. Se Agradece su respuesta


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse