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Establece normas complementarias de administracion financiera, de incidencia presupuestaria y personal Artículo 106 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05-04-2025

Establece normas complementarias de administracion financiera, de incidencia presupuestaria y personal
Artículo 106.

El mayor gasto que represente la aplicación de los artículos 40, 56, 76, 77, 84, 91 y 92, durante el año 1988, se financiará con los recursos aprobados en los Presupuestos correspondientes.

La Corporación Nacional del Cobre de Chile transferirá directamente al Ministerio de Minería la cantidad de $ 48.000 miles para el financiamiento en 1988 del mayor gasto que signifique la aplicación del artículo 75 de esta ley.

Por decreto supremo del Ministerio de Hacienda, el que deberá llevar la firma del Ministro de Educación Pública, se fijará el número de cupos del programa de becas a que se refiere el artículo 56 que podrán otorgarse durante el año 1988.



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La norma habla de "permanencia", desde luego, constatandose que el imputado se encuentra en el recinto, corresponde al funcionario de Gendarmería entregarle la notificación. Si se negare a aceptar la cédula o citación respectiva a pretexto de que el imputado no permanece en ese CDP, desde luego que el receptor puede dejar registro de ello para solicitar lo que corresponda. Si dicha negativa fuera injustificada y hay conocimiento de que el imputado permanece en ese centro, igualmente sería recomendable atestar sobre dicha circunstancia, de modo que se haga valer la responsabilidad del jefe del centro. Esto respecto de Gendarmería. La primera parte de la pregunta "respecto del tribunal", no se entiende.


Plazo de caducidad o prescripción? juegue


puede el tribunal o gendarmeria no notificar al imputado?


Si, hasta 10 años de carcel,

Slds.


Buenos días. Lamentablemente depende de la Corte de Apelaciones en que se encuentre el proceso y de la resolución o sentencia que se esté apelando. Por regla general la apelación de incidentes (que son cuestiones accesorias de un juicio) demoran aproximadamente 3 meses. Cuando la apelación es de sentencia definitiva (la que pone fin a un juicio resolviendo la solicitud principal) puede tardar muchísimo mas (por ejemplo, Valparaíso tarda aproximadamente 6 meses y Santiago puede tardar hasta 10).


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