Establece incentivos al retiro para los funcionarios del senado, de la cámara de diputados y de la biblioteca del congreso nacional, y les otorga el derecho a percibir la bonificación por retiro del título ii de la ley n° 19.882, en la forma que indica Chile
Establece incentivos al retiro para los funcionarios del senado, de la cámara de diputados y de la biblioteca del congreso nacional, y les otorga el derecho a percibir la bonificación por retiro del título ii de la ley n° 19.882, en la forma que indica
- Artículo 1. A contar de la fecha de publicación de la presente ley, los funcionarios y...
- Artículo 2. Otórgase una bonificación adicional, por una sola vez, a los funcionarios y...
- Artículo 3. Para efectos del artículo anterior, el reconocimiento de años de servicios...
- Artículo 4. También podrán acceder a la bonificación adicional los funcionarios y...
- Artículo 5. Podrán acceder a la bonificación adicional del artículo 2 hasta un total de...
- Artículo 6. La bonificación adicional será de cargo fiscal y se pagará por la respectiva...
- Artículo 7. Podrán acceder a la bonificación adicional que establece el artículo 2 de...
- Artículo 8. El personal afecto a la bonificación adicional y a los beneficios señalados...
- Artículo 9. Los funcionarios y las funcionarias afectos a esta ley solicitarán la...
- Artículo 10. Los postulantes a la bonificación adicional que, cumpliendo con los...
- Artículo 11. Si un funcionario o funcionaria beneficiario de un cupo para la bonificación...
- Artículo 12. Las edades indicadas en el artículo 2 podrán rebajarse en los casos y...
- Artículo 13. Si un funcionario o funcionaria fallece entre la fecha de postulación para...
- Artículo 14. Los funcionarios y funcionarias de planta y a contrata que se desempeñen en...
- Artículo 15. Concédese un bono por antigüedad, por una sola vez, a los funcionarios y...
- Artículo 16. Otórgase un bono por trabajo pesado, por una sola vez, a los funcionarios y...
- Artículo 17. Los funcionarios y funcionarias que perciban la bonificación adicional y...
- Artículo 18. La bonificación adicional y los bonos de los artículos 15 y 16, serán...
- Artículo 19. Un reglamento interno aprobado conjuntamente por las Comisiones de Régimen...
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y por que a la locomocion colectiva no le piden sillas de niño para trasportar a los pasajeros y si a los autos particulares si todos estan expuestos a algun acc de transito
la vivienda social a construir con el ds49 superara el valor de 1000 u.f. a que se refiere el art. 55 LGUC.
queda vigente el IFC que autorizo por art. 55 LGUC ?
Se anula el IFC autorizado ?
Para validar "la circunstancia de hallarse en su entero juicio", ¿está establecido que el médico evaluador debe ser de alguna especialidad determinada? Leí en algunos artículos que solo podían ser geriatra, neurólogo o psiquiatra, pero luego, a contar del 2021, se desestimó ese requisito. ¿Podrían indicarme a qué medico o profesional de la salud mental, se puede recurrir?
Estimad@, en dicho caso debe tramitar patente de oficina virtual, la que debe solicitar en la comuna donde haya declarado su casa matriz ante el SII (no necesariamente la misma de la escritura de constitución). Dicha patente grava su actividad con el artículo 24° de la Ley N° 3.063 e incluye el derecho de aseo. Si existe otra patente en la misma dirección que ya paga el aseo, debe solicitar que no se le cobre este monto.
Saludos!
hola buen día, existe norma expresa que autorice la ampliación de un embargo a los bienes del conyuge? si no son suficientes los bienes del marido deudor
Publique la información de sí mismo
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