Dicta normas sobre movilizacion Chile
Dicta normas sobre movilizacion
- CAPITULO I
Generalidades - Artículo 1. La movilización es el conjunto de actividades y medidas destinadas a poner...
- Artículo 2. Los potenciales humano, material e industrial, quedarán sometidos, durante...
- Artículo 3. Los Directores de los diferentes campos de acción, tendrán la...
- CAPITULO II
Preparación de la Movilización - Artículo 4. La preparación de la movilización se realiza en estado de normalidad...
- Artículo 5. El presidente de la República podrá requerir, en situación de normalidad...
- Artículo 6. La Dirección General de Movilización Nacional podrá requerir a toda persona...
- Artículo 7. El Estado Mayor de la Defensa Nacional o la Dirección General de...
- CAPITULO III
Ejecución de la Movilización - Artículo 8. La ejecución de la movilización es la materialización de las medidas...
- Artículo 9. La ejecución de la movilización será decretada por el Presidente de la...
- Artículo 10. Para la ejecución de la movilización, el país se organizará en los campos de...
- Artículo 11. Para los objetivos de la ejecución de la movilización, el Presidente de la...
- Artículo 12. El Presidente de la República, una vez declarado el estado de asamblea,...
- CAPITULO IV
Requisiciones - Artículo 13. Declarado el estado de asamblea, el Presidente de la República podrá...
- Artículo 14. Las requisiciones se efectuarán por medio de las autoridades en quienes...
- Artículo 15. Los bienes de las embajadas, de los consulados, y aquellos que pertenezcan a...
- Artículo 16. Para los efectos de su indemnización, el valor de los bienes requisados será...
- Artículo 17. En territorio extranjero, el régimen de requisiciones será dispuesto por el...
- CAPITULO V
Indemnizaciones - Artículo 18. El monto de las indemnizaciones que se generen con ocasión de la ejecución...
- CAPITULO VI
Desmovilización - Artículo 19. La desmovilización es el conjunto de actividades destinadas a volver a la...
- Artículo 20. El grado de desmovilización estará de acuerdo con las exigencias destinadas...
- Artículo 21. La preparación y la ejecución de la desmovilización será dispuesta por el...
- Artículo 22. El cumplimiento del decreto de desmovilización será de responsabilidad...
- Artículo 23. El personal "Movilizado" y "Movilizado Militar" que a la fecha de su llamado...
- CAPITULO VII
De la Penalidad y del Procedimiento Judicial - Artículo 24. Los chilenos que sin causa justificada no concurrieren a los llamados de...
- Artículo 25. El que durante la etapa de preparación de la movilización se negare a...
- Artículo 26. De las causas por infracción a la presente ley, conocerán los Tribunales...
- Artículo 27. Derógase el decreto ley N° 425, de 1974, y demás disposiciones que...
Otras regulaciones
Implementa un sistema táctico de operación policial Promueve la competencia e inclusión financiera a través de la innovación y tecnología en la prestación de servicios financieros, ley fintec Establece beneficios a funcionarios de servicios de salud que indica Crea los tribunales ambientales Ley sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones AlimenticiasMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
Un sujeto había cometido un robo con intimidación en una avenida del sector oriente de la capital, cuando es divisado por un motorista de Carabineros que circulaba por los alrededores del lugar. Este sujeto al ver la presencia policial emprende la huida y es seguido por el funcionario en su moto hasta que el imputado llega a una residencia, saltando la pared e ingresando en ella. El Carabinero, al llegar la residencia en donde saltó el imputado, y se percata que hay una bandera de otro país, y una placa metálica que señala que corresponde a la residencia del Embajador de Argentina en Chile.
El funcionario policial, al estar en persecución del delincuente, decide saltar la pared e ingresar igualmente. Una vez en el lugar se pudo percatar que el imputado había seguido huyendo saltando hacia otra propiedad. El encargado del lugar se encuentra con el Carabinero, a quien le pide salga de la residencia diplomática.
PREGUNTA:
Teniendo en consideración lo previsto en el artículo 129 inciso final, artículo 205, 206 y 210 del Código Procesal Penal.
¿Era correcto aplicar el inciso final del artículo 129 del CPP o debía regirse por el artículo 210 y adoptar medidas de vigilancia?, o ¿puede requerir la autorización del encargado del local de conformidad al artículo 205 del CPP?
Hola; si un delito es producido en un país, pero causa sus efectos en otro, hay 3 teorías que pretenden solucionar el problema
La teoría de la acción, o sea, donde se ejecuta la conducta, más allá, de donde se produzca el resultado; La teoría del resultado, por el contrario, lo importante es donde se produce el efecto. Y, por último, la teoría de la ubicuidad. En la cual, en definitiva, son competentes tanto el país en el que se da la ejecución del hecho, como aquel en el cual se producen los resultados. Cualquiera de ellos puede conocer el delito. Siempre considerando el principio non bis in ídem. Es decir, no puede ser condenado 2 veces por la misma conducta.
Soy estudiante de derecho (2do año)
una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?
buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada
La jornada ordinaria de trabajo no debe superar las 180 horas mensuales; lo que resulta como mínimo legal a pagar por el empleador (aún trabajado menos) y todo lo que supere las 180 es hora (precio) extra.
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