Dicta normas sobre movilizacion Artículo 6 Chile
Dicta normas sobre movilizacion
Artículo 6.
La Dirección General de Movilización Nacional podrá requerir a toda persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera, cualquier antecedente necesario para la movilización.
Chile Art. 6 Dicta normas sobre movilizacion
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