Crea la pensión garantizada universal y modifica los cuerpos legales que indica Chile
Crea la pensión garantizada universal y modifica los cuerpos legales que indica
- Título I
Modificaciones a la ley N° 20.255 - Artículo 1. Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 20.255, que...
- Título II
Modificaciones al decreto ley N° 3.500, de 1980 - Artículo 2. Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto ley N° 3.500, de...
- Título III
Otras modificaciones - Artículo 3. Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 20.531, que exime,...
- Artículo 4. Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 20.128, sobre...
- Artículo 5. El bono de invierno a que se refiere el artículo 20 de la ley N° 21.405 se...
- Artículo 6. Agrégase en la letra b) del artículo 52 de la ley N° 21.196, a continuación...
- Artículo 7. Reemplázase en el artículo 2 de la ley N° 19.949 la expresión "pensión...
- Título IV
Pensión Garantizada Universal - Artículo 8. Créase el beneficio denominado "Pensión Garantizada Universal" en la forma y...
- Artículo 9. Para los efectos de la presente ley, los conceptos que se indican a...
- Artículo 10. Serán beneficiarias de la Pensión Garantizada Universal, las personas que...
- Artículo 11. Para los efectos de la letra b) del artículo anterior, se entenderá que...
- Artículo 12. Las personas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 10,...
- Artículo 13. Las personas que se pensionen en virtud del artículo 68 bis del decreto ley...
- Artículo 14. Para efectos del cumplimiento del requisito establecido en la letra c) del...
- Artículo 15. El Instituto de Previsión Social administrará la Pensión Garantizada...
- Artículo 16. El beneficio de esta ley se devengará a contar del mes siguiente al...
- Artículo 17. La Pensión Garantizada Universal y los valores en pesos chilenos...
- Artículo 18. El beneficio de la presente ley se extinguirá en los siguientes casos: a)...
- Artículo 19. La Pensión Garantizada Universal se suspenderá en los casos siguientes: a)...
- Artículo 20. Todo aquel que, con el objeto de percibir el beneficio de la presente ley,...
- Artículo 21. El Instituto de Previsión Social podrá revisar el cumplimiento de los...
- Artículo 22. Las entidades públicas o privadas del ámbito previsional o que paguen...
- Artículo 23. Todo aquel que perciba el beneficio de esta ley y que no cause derecho a...
- Artículo 24. Las personas que gocen del beneficio que establece esta ley no causarán...
- Artículo 25. Un reglamento dictado por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social,...
- Artículo 26. Corresponderá a la Superintendencia de Pensiones interpretar la presente ley...
Otras regulaciones
Sobre fomento de la musica chilena Establece normas sobre los derechos morales y patrimoniales de los intérpretes de las ejecuciones artísticas fijadas en formato audiovisual Establece un procedimiento simplificado para la regularización de viviendas de autoconstrucción Declara feriado el día del solsticio de invierno de cada año, día nacional de los pueblos indígenas Establece normas relativas reosMejores juristas





Si no tengo residencia en chile en los últimos 4 años, pero tengo 28 años 4 meses de cotización. De acuerdo al párrafo 3 de artículo 14 tengo cumplido el artículo 10 letra c) ley 21.419?
tengo una duda del articulo 50, si actualmente en los contratos de trabajo se incluye un item como gratificación legal para complementar el sueldo final liquido,
¿¿¿es legal que en el contrato se indique que dicha gratificación se puede disminuir o eliminar en caso de no percibir ganancias la empresa????
Hola buenas tardes, me gustaría saber si este artículo que Establece estatuto del personal de las fuerzas armadas Artículo 156 si está vigente. Muchas gracias
Hola, puedo hacer una denuncia por hurto por hallazgo si perdí mi computador en un Uber?el conductor me indica que no lo vio
hola estimados , tengo una consulta sobre si ha sido violada mi privacidad en un centenar de veces pero he dado a demostrar y aun siguen se puede lograr una demanda con transparencia ?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios