Concede asignacion de modernizacion y otros beneficios que indica Chile
Concede asignacion de modernizacion y otros beneficios que indica
- Artículo 1. Concédese una asignación de modernización a los personales de planta y a...
- Artículo 2. La asignación establecida en el artículo anterior, corresponderá a los...
- Artículo 3. La asignación de modernización contendrá los siguientes elementos: a) Un...
- Artículo 4. El monto de esta asignación de modernización se determinará aplicando los...
- Artículo 5. El componente base a que se refiere la letra a) del artículo 3° será, a...
- Artículo 6. El incremento por desempeño institucional se concederá en relación a la...
- Artículo 7. El incremento por desempeño colectivo a que se refiere la letra c) del...
- Artículo 8. El personal a que se aplica el artículo 2º de esta ley, tendrá derecho a una...
- Artículo 9. La asignación de modernización de que tratan los artículos 1º, 3º, 5º, 6º y...
- Artículo 10. A contar del 1º de enero de 1998, les serán aplicables a las...
- Artículo 11. DEROGADO
- Artículo 12. Concédese, a contar del año 1998, a los trabajadores de los servicios...
- Artículo 13. Otórgase, a contar del año 1998, un aporte extraordinario a los servicios a...
- Artículo 14. Suprímese, en el artículo 16 de la ley Nº 19.533, la oración "para las...
- Artículo 15. Será aplicable a las Superintendencias de Electricidad y Combustibles y de...
- Artículo 16. La indemnización a que se refieren los incisos tercero y cuarto del artículo...
- Artículo 17. Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 11 de la ley Nº...
Otras regulaciones
Establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica Crea el ministerio de la vivienda y urbanismo Declara el día 21 de marzo de cada año como el día nacional de conmemoración de las personas fallecidas producto de la pandemia de covid-19 Regula beneficio que indica, para trabajadores de establecimientos de educación parvularia Establece un beneficio para los trabajadores independientes que indicaMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
Un sujeto había cometido un robo con intimidación en una avenida del sector oriente de la capital, cuando es divisado por un motorista de Carabineros que circulaba por los alrededores del lugar. Este sujeto al ver la presencia policial emprende la huida y es seguido por el funcionario en su moto hasta que el imputado llega a una residencia, saltando la pared e ingresando en ella. El Carabinero, al llegar la residencia en donde saltó el imputado, y se percata que hay una bandera de otro país, y una placa metálica que señala que corresponde a la residencia del Embajador de Argentina en Chile.
El funcionario policial, al estar en persecución del delincuente, decide saltar la pared e ingresar igualmente. Una vez en el lugar se pudo percatar que el imputado había seguido huyendo saltando hacia otra propiedad. El encargado del lugar se encuentra con el Carabinero, a quien le pide salga de la residencia diplomática.
PREGUNTA:
Teniendo en consideración lo previsto en el artículo 129 inciso final, artículo 205, 206 y 210 del Código Procesal Penal.
¿Era correcto aplicar el inciso final del artículo 129 del CPP o debía regirse por el artículo 210 y adoptar medidas de vigilancia?, o ¿puede requerir la autorización del encargado del local de conformidad al artículo 205 del CPP?
Hola; si un delito es producido en un país, pero causa sus efectos en otro, hay 3 teorías que pretenden solucionar el problema
La teoría de la acción, o sea, donde se ejecuta la conducta, más allá, de donde se produzca el resultado; La teoría del resultado, por el contrario, lo importante es donde se produce el efecto. Y, por último, la teoría de la ubicuidad. En la cual, en definitiva, son competentes tanto el país en el que se da la ejecución del hecho, como aquel en el cual se producen los resultados. Cualquiera de ellos puede conocer el delito. Siempre considerando el principio non bis in ídem. Es decir, no puede ser condenado 2 veces por la misma conducta.
Soy estudiante de derecho (2do año)
una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?
buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada
La jornada ordinaria de trabajo no debe superar las 180 horas mensuales; lo que resulta como mínimo legal a pagar por el empleador (aún trabajado menos) y todo lo que supere las 180 es hora (precio) extra.
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