Crea un fondo de estabilización de tarifas y establece un nuevo mecanismo de estabilización transitorio de precios de la electricidad para clientes sometidos a regulación de precios Chile
Crea un fondo de estabilización de tarifas y establece un nuevo mecanismo de estabilización transitorio de precios de la electricidad para clientes sometidos a regulación de precios
- TÍTULO I
FONDO DE ESTABILIZACIÓN DE TARIFAS - Artículo 1. Modifícase el decreto con fuerza de ley N° 4/20018, de 2006, del...
- TÍTULO II
MECANISMO TRANSITORIO DE PROTECCIÓN AL CLIENTE - Artículo 2. Mecanismo Transitorio de Protección al Cliente
- Artículo 3. Estabilización de precios
- Artículo 4. Determinación de beneficios
- Artículo 5. Saldo Final Restante
- Artículo 6. Costos financieros
- Artículo 7. Pago al suministrador
- Artículo 8. Documentos de cobro, pago y contabilización
- Artículo 9. Cargo MPC
- Artículo 10. Obligación de las empresas de distribución
- Artículo 11. Decretos tarifarios
- Artículo 12. Garantía para pago del Saldo Final Restante reconocido en los decretos...
- Artículo 13. Implementación del MPC
- Artículo 14. Contabilización de saldos
- Artículo 15. Cambio de régimen
- Artículo 16. Exenciones
- Artículo 17. El Ministerio de Energía deberá presentar a las comisiones de Minería y...
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Entonces no estudie, piense que usted deberá resolver los problemas de las personas que lo buscan para pedir ayuda ¿pero que ayuda va a brindar si no quiere estudiar la solución? ya somos muchos los colegas aquí y a diario vemos a los abogados de segunda clase, esos que no estudian y solo saben cometer errores en las audiencias, las tramitaciones legales y en cuanta cosa de derecho toquen, mejor estudie otra cosa, busque otra profesión u oficio, o demuestre que puede ser un buen abogado estudiando de verdad...Espero mis palabras lo motiven a hacer un cambio o lo lleven a salir de la carrera, como sea, en ambos casos se hará un bien.
El articulo 48 de la cpr no tiene na que ver, a cuál se refiere en realidad?
No entiendo a qué se refiere el inciso final...
Interrupción natural de la Prescripción Adquisitiva o Usucación (MAD y D°Reales), se da cuando hay:
1.- Imposibilidad de ejercer actos posesorios (SIN haber cambiado poseedor)
2.- Pérdida de la posesión por entrar otra persona a ella
Aplica asignar créditos a sus socios para pago del préstamo solidario?
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