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Código Penal Artículo 59 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14-02-2025

Código Penal
Artículo 59.

Para determinar las penas que deben imponerse según los arts. 51, 52, 53 y 54: 1.° a los autores de crimen o simple delito frustrado; 2.° a los autores de tentativa de crimen o simple delito, cómplices de crimen o simple delito frustrado y encubridores de crimen o simple delito consumado; 3.° a los cómplices de tentativa de crimen o simple delito y encubridores de crimen o simple delito frustrado, y 4.° a los encubridores de tentativa de crimen o simple delito, el tribunal tomará por base las siguientes escalas graduales:

ESCALA NUMERO 1

Grados.

1° Presidio perpetuo calificado.

2° Presidio o reclusión perpetuos.

3° Presidio o reclusión mayores en sus grados máximos.

4° Presidio o reclusión mayores en sus grados medios.

5° Presidio o reclusión mayores en sus grados mínimos.

6° Presidio o reclusión menores en sus grados máximos.

7° Presidio o reclusión menores en sus grados medios.

8° Presidio o reclusión menores en sus grados mínimos.

9° Prisión en su grado máximo.

10. Prisión en su grado medio.

11. Prisión en su grado mínimo.

ESCALA NUMERO 2

Grados.

1° Relegación perpetua.

2° Relegación mayor en su grado máximo.

3° Relegación en su grado medio.

4° Relegación mayor en su grado mínimo.

5° Relegación menor en su grado máximo.

6° Relegación menor en su grado medio.

7° Relegación menor en su grado mínimo.

8° Destierro en su grado máximo.

9° Destierro en su grado medio.

10. Destierro en su grado mínimo.

ESCALA NUMERO 3

Grados.

1° Confinamiento o extrañamiento mayores en sus grados máximos.

2° Confinamiento o extrañamiento mayores en sus grados medios.

3° Confinamiento o extrañamiento mayores en sus grados mínimos.

4° Confinamiento o extrañamiento menores en sus grados máximos.

5° Confinamiento o extrañamiento menores en sus grados medios.

6° Confinamiento o extrañamiento menores en sus grados mínimos.

7° Destierro en su grado máximo.

8° Destierro en su grado medio.

9° Destierro en su grado mínimo.

ESCALA NUMERO 4

Grados.

1° Inhabilitación absoluta perpetua.

2° Inhabilitación absoluta temporal en su grado máximo.

3° Inhabilitación absoluta temporal en su grado medio.

4° Inhabilitación absoluta temporal en su grado mínimo.

5° Suspensión en su grado máximo.

6° Suspensión en su grado medio.

7° Suspensión en su grado mínimo.

ESCALA NUMERO 5

Grados.

1° Inhabilitación especial perpetua.

2° Inhabilitación especial temporal en su grado máximo.

3° Inhabilitación especial temporal en su grado medio.

4° Inhabilitación especial temporal en su grado mínimo.

5° Suspensión en su grado máximo.

6° Suspensión en su grado medio.

7° Suspensión en su grado mínimo.



Chile Art. 59 CP
Artículo 1 ...57 58 59 60 61 ...501

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Los nuevos comentarios en el sitio web

valesex vosotros sabeis




En Chile se dice BUENOS DÍAS, dejemos de incorporar basura extranjera en nuestro lenguaje.


y por que a la locomocion colectiva no le piden sillas de niño para trasportar a los pasajeros y si a los autos particulares si todos estan expuestos a algun acc de transito


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