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Código de Procedimiento Penal Artículo 606 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 26-09-2023

Código de Procedimiento Penal
Artículo 606.

Para el efecto de lo dispuesto en los artículos precedentes, se entenderá que las penas no corporales son: la de inhabilitación para cargos y oficios públicos, derechos políticos y profesiones titulares; la de suspensión de cargo u oficio público o profesión titular; la de pérdida o comiso de los efectos o instrumentos del delito; la de inhabilidad perpetua para conducir vehículos a tracción mecánica o animal; la de suspensión par conducir vehículos a tracción mecánica o animal; y las meramente pecuniarias.

Las demás se estimarán corporales.



Chile Art. 606 Código de Procedimiento Penal
Artículo 1 ...604 605 606 607 608 ...696

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Buenas tardes. El texto del código se ha obtenido de las fuentes oficiales


Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este artículo.


esto aplica para el caso 1 del taller de hernandez en penal derecho udp????


Buenas tardes para retirar fondos mutuos de herencia intestada ya realizada posesión efectiva, hecho pago de impuestos a la herencia en SII de ambas herederas, Banchile Inversiones solicita certificado de no matrimonio a una de las hijas mayor de edad y se niega a entregar fondos correspondientes a hija menor sin ese documento. Hija mayor no desea entregar documento afectando a hija menor. Es licito solicitar ese documento. De ser asi hay alternativa para no perjudicar frente a negativa a una de las herederas? Gracias


El artículo 1811 se encuentra incompleto


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