Código de Procedimiento Penal Artículo 516 Chile
Código de Procedimiento Penal
Artículo 516.
Antes de la citación para sentencia, podrán las partes ponerse posiciones sobre hechos diversos de aquellos que hubieren sido materia de otras posiciones en el curso del juicio.
Dichas posiciones serán absueltas ante el ministro que la Corte designe, o ante el juez a quo, si el tribunal así lo determinare: por el procesado bajo simple promesa de decir verdad; y bajo juramento por los demás interesados.
Chile Art. 516 Código de Procedimiento Penal
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Estimados señores:
Les agradeceré ilustrarme acerca de lo siguiente:
¿Qué responsabilidad tiene el vehículo que al retroceder para estacionar aculatado embiste a un vehículo menor o peatón, en un estacionamiento privado?
¿Qué precauciones o señales debe tomar o hacer el vehículo que estaciona retrocediendo , respecto a los que le siguen?
Atentamente,
Roberto Briones
El cargo administador municipal, en el caso que exista la direccion de administración, sera subrogado por un funcionario de la misma unidad que cumpla con los requisitos, de acuerdo a orden jerarquico. ¿Puede ser subrogado el administrador por un funcionario de otra unidad, mediante decreto alcaldicio ????
Que pasa si un trabajador municipal, se postula al Incentivo al retiro y antes de tener la resolucion del cese de funciones le aprueban la Invalidez de Invalidez con dictamen ejecutoriado, pierde el incentivo al retiro?
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