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Código de Procedimiento Penal Artículo 20 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15-04-2024

Código de Procedimiento Penal
Artículo 20.

Los empleados públicos tienen derecho a exigir que se entable acción para que se persiga la responsabilidad por las injurias y calumnias de que se les hiciere objeto con motivo del desempeño de sus funciones, en la forma prevista en el Estatuto Administrativo.

Si no les fuera aplicable ese Estatuto, deberá deducirse la acción por el Ministerio Público, a requerimiento de la persona ofendida.

Los agentes diplomáticos extranjeros acreditados ante el Gobierno de la Nación tienen el derecho indicado en este artículo, aun respecto de las calumnias o injurias que les fueren inferidas en su carácter privado. El requerimiento al Ministerio Público deberá hacerlo el propio afectado.

Deducida la denuncia o querella, el procedimiento se seguirá de acuerdo con las reglas del juicio ordinario de acción pública.

Lo dicho en los incisos anteriores no obsta lo dispuesto en leyes especiales.

Para los efectos indicados en este artículo, actuará, aun en la primera instancia, el fiscal de la Corte de Apelaciones correspondiente.



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Hola; si un delito es producido en un país, pero causa sus efectos en otro, hay 3 teorías que pretenden solucionar el problema

La teoría de la acción, o sea, donde se ejecuta la conducta, más allá, de donde se produzca el resultado; La teoría del resultado, por el contrario, lo importante es donde se produce el efecto. Y, por último, la teoría de la ubicuidad. En la cual, en definitiva, son competentes tanto el país en el que se da la ejecución del hecho, como aquel en el cual se producen los resultados. Cualquiera de ellos puede conocer el delito. Siempre considerando el principio non bis in ídem. Es decir, no puede ser condenado 2 veces por la misma conducta.


Soy estudiante de derecho (2do año)

una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?


buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada


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