Imprimir

Código de Comercio Artículo 618 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25-11-2024

Código de Comercio
Artículo 618.

La existencia del contrato de cuenta corriente puede ser establecida por cualquiera de las pruebas que admite este Código, menos por la de testigos.



Chile Art. 618 CCom, CDC, C Co
Artículo 1 ...616 617 618 619 620 ...FINAL

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

El tipo penal es "aplicación pública diferente"


Entonces con que nombre se podría definir este tipo penal?


Gracias sumamente útil para estudiantes saludos


Muchas gracias por la página. Es de gran ayuda. Saludos.


Buenos días. Gracias por la atención. Hemos actualizado este artículo.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse