Imprimir

Aprueba nueva ley de copropiedad inmobiliaria Artículo 51 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16-06-2025

Aprueba nueva ley de copropiedad inmobiliaria
Artículo 51.

La inscripción del título de propiedad y de otros derechos reales sobre una unidad contendrá las siguientes menciones:

1) La fecha de la inscripción.

2) La naturaleza y fecha del título, así como la notaría en que se extendió.

3) Los nombres, apellidos y domicilios de las partes.

4) La ubicación y los deslindes del condominio a que pertenezca la unidad.

5) El número y la ubicación que corresponda a la unidad en el plano de que trata el artículo 49.

6) La firma del conservador.

7) En general, todas las demás formalidades que han de cumplir los títulos que deben inscribirse, de acuerdo al Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces.



Chile Art. 51 Aprueba nueva ley de copropiedad inmobiliaria
Artículo ...49 50 51 52 53 ...102

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Robertini eres un wekito


Introduccion al derecho pipipi


quisiera ser cebolla para estar dentro de tu empanada


Profesora Leonila soy su fan #1


hola malditos hijos del semen


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse