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Aprueba nueva ley de copropiedad inmobiliaria Artículo 53 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16-06-2025

Aprueba nueva ley de copropiedad inmobiliaria
Artículo 53.

El director de obras municipales tendrá un plazo de treinta días corridos para pronunciarse sobre las solicitudes a que se refieren los artículos 48 y 52, contados desde la fecha de la presentación de la misma. Será aplicable a este requerimiento lo dispuesto en los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 118 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.



Chile Art. 53 Aprueba nueva ley de copropiedad inmobiliaria
Artículo ...51 52 53 54 55 ...102

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hola herrerista25


Estoy cansado de ocultarlo... te amo, profesor Ascencio.


Pablo deja de tocarme estamos en clase por favor


Ultima vez que me tirai la pela asi. Me leiste bien? Victor heredia


Benja anda a acostarte tonto qlo


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