Aplica convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de flora y fauna silvestre Chile
Aplica convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de flora y fauna silvestre
- Título I
Disposiciones generales - Artículo 1. El objeto de la presente ley es regular las obligaciones asumidas por Chile...
- Artículo 2. Para los efectos de esta ley y de conformidad con lo establecido en la...
- Título II
Autoridades Administrativas, Científicas y de Observancia - Artículo 3. Para los efectos de la presente ley, tendrán la calidad de Autoridades...
- Artículo 4. A las Autoridades Administrativas, en el ámbito de sus respectivas...
- Artículo 5. Corresponderá a las Autoridades Científicas asesorar a las Autoridades...
- Artículo 6. Tendrán la calidad de Autoridades de Observancia: Carabineros de Chile,...
- Título III
De los Registros de comercio de los especímenes de las especies de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres - Artículo 7. Créase el Registro Único Nacional de comercio internacional de los...
- Título IV
Infracciones y sanciones - Artículo 8. Los poseedores o tenedores de especímenes, partes, productos o derivados de...
- Artículo 9. Será competente para conocer y sancionar las infracciones del artículo...
- Artículo 10. Tratándose del comiso de los especímenes de las especies o subespecies...
- Artículo 11. Incurrirá en el delito de contrabando el que introduzca en el territorio...
- Artículo 12. Tratándose del delito previsto en el artículo anterior, la pena...
- Artículo 13. El Ministerio Público, directamente y sin sujeción a lo dispuesto en los...
- Artículo 14. En la investigación de los hechos constitutivos de delito previstos en la...
- Título V
Otras normas - Artículo 15. Modifícase la ley N° 19.473, que sustituye el texto de la ley N° 4.601,...
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Se llama alimentario. Las deudas de pensión de alimentos prescriben en 5 años desde que se hicieron exigibles. Con la sentencia que declara el cese de la pensión, simplemente dejarán de devengarse las pensiones periódicas, pero las ya devengadas con anterioridad subsisten por el plazo señalado.
Tiene un plazo el alimentado para reclamar pago de la pensión alimenticia, si ya salió una sentencia de cese de pago de pensión
Artículo incompleto, saludos
Al tipo penal yo le pondría de nombre "Desvío arbitrario de fondos públicos"
Hola este articulo es aplicable para los que trabajamos en el sector de administración delegada ( decreto 3166/80)
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