Aplica convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de flora y fauna silvestre Chile
Aplica convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de flora y fauna silvestre
- Título I
Disposiciones generales - Artículo 1. El objeto de la presente ley es regular las obligaciones asumidas por Chile...
- Artículo 2. Para los efectos de esta ley y de conformidad con lo establecido en la...
- Título II
Autoridades Administrativas, Científicas y de Observancia - Artículo 3. Para los efectos de la presente ley, tendrán la calidad de Autoridades...
- Artículo 4. A las Autoridades Administrativas, en el ámbito de sus respectivas...
- Artículo 5. Corresponderá a las Autoridades Científicas asesorar a las Autoridades...
- Artículo 6. Tendrán la calidad de Autoridades de Observancia: Carabineros de Chile,...
- Título III
De los Registros de comercio de los especímenes de las especies de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres - Artículo 7. Créase el Registro Único Nacional de comercio internacional de los...
- Título IV
Infracciones y sanciones - Artículo 8. Los poseedores o tenedores de especímenes, partes, productos o derivados de...
- Artículo 9. Será competente para conocer y sancionar las infracciones del artículo...
- Artículo 10. Tratándose del comiso de los especímenes de las especies o subespecies...
- Artículo 11. Incurrirá en el delito de contrabando el que introduzca en el territorio...
- Artículo 12. Tratándose del delito previsto en el artículo anterior, la pena...
- Artículo 13. El Ministerio Público, directamente y sin sujeción a lo dispuesto en los...
- Artículo 14. En la investigación de los hechos constitutivos de delito previstos en la...
- Título V
Otras normas - Artículo 15. Modifícase la ley N° 19.473, que sustituye el texto de la ley N° 4.601,...
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Como lo puedo ubicar a ud lo necesito porqud medijeron que ud me puede solucional todas mis respuestas las grande intituciones que me estan apollando en mis derechos de autor y mis derecbos a economia y finanzas en general ,bienes etc
Se solicita en el Sag, ellos lo derivan al Minvu, por esose convierte en un trámite laaaaaargo
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curado. ¿Haría lo anterior imposible solicitar la curaduría?
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curador.
b) Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo.
PD (17/7/24): leyes-cl.com ya hizo la corrección del caso, muchas gracias.
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