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Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud Artículo 22 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 13-09-2023

Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud
Artículo 22.

Mediante un reglamento expedido por el Ministerio de Salud, en los términos de la ley Nº20.120, se establecerán las normas necesarias para regular los requisitos de los protocolos de investigación y los procedimientos administrativos y normas sobre constitución, funcionamiento y financiamiento de comités para la evaluación ético-científica; para la aprobación de protocolos y para la acreditación de los comités por parte de la Autoridad Sanitaria; la declaración y efectos sobre conflictos de interés de investigadores, autoridades y miembros de comités y, en general, las demás normas necesarias para la adecuada protección de los derechos de las personas respecto de la investigación científica biomédica.



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