Regula la transferencia y otorga merito ejecutivo a copia de la factura Chile
Regula la transferencia y otorga merito ejecutivo a copia de la factura
- Artículo 1. En toda operación de compraventa, de prestación de servicios, o en aquellas...
- Artículo 2. La obligación de pago del saldo insoluto contenido en la factura deberá ser...
- Artículo 2 BIS. Si no se verificare el pago dentro de los plazos señalados en el artículo...
- Artículo 2 TER. El comprador o beneficiario del bien o servicio que esté en mora deberá...
- Artículo 2 QUÁTER. Respecto de los contratos de suministro y prestación de servicios que se...
- Artículo 2 QUINQUIES. Si no se efectuare el pago dentro de los plazos dispuestos en las...
- Artículo 3. Para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la...
- Artículo 4. La copia de la factura señalada en el artículo 1º, quedará apta para su...
- Artículo 5. La misma copia referida en el artículo anterior tendrá mérito ejecutivo para...
- Artículo 6. Será, asimismo, cedible y tendrá mérito ejecutivo, la copia de la factura...
- Artículo 7. La cesión del crédito expresada en la factura será traslaticia de dominio,...
- Artículo 8. La copia de la factura a que se refiere la presente ley podrá ser entregada...
- Artículo 9. Las normas de la presente ley serán igualmente aplicables en caso que la...
- Artículo 10. En lo no previsto por esta ley, serán aplicables a la cesión de créditos que...
- Artículo 11. Esta ley entrará en vigencia en el plazo de cuatro meses contados desde su...
Otras regulaciones
Confiere personalidad juridica a la editorial juridica de chile Concede la nacionalidad chilena por especial gracia a la religiosa augusta pedrielli cleanti Otorga a los funcionarios de la junta nacional de jardines infantiles condiciones especiales para la bonificación por retiro voluntario, por el período que indica, y una bonificación adicional Fija el estatuto organico de la direccion nacional de fronteras y limites del estado Establece incentivos al retiro para los funcionarios del senado, cámara de diputados y de la biblioteca del congreso nacionalMejores juristas





Respecto del articulo 589 que habla sobre el interés asegurable, existe algún resquicio legal para permitir que una póliza que tiene vigente como condición pago en vida al contratante, mantenga tal condición? porque el articulo dice que la contraversión, anula la póliza. Favor ayuda.
Esto es quien tiene más fuerza, hasta donde yo entiendo, los honorables señores políticos estarían cometiendo el mismo error del primer retiro, ya que conforme a lo que establece la Constitución Política, todo proyecto que se presente al Presidente de la República, debe contar con venia y rubrica de este estamento, que posteriormente es publicado en el Diario Oficial. Desgraciadamente estos edecanes de la política así como están tan preocupados de las necesidades del pueblo , yo me pregunto ya , vamos para dos años desde que comenzó el estallido social, cuales han sido los proyectos de mejoramientos que fueron solicitados es esa ocasión. Se siguen aprovechando de las necesidades del pueblo, que ni siquiera han sido capaces de legislar sobre los grandes sueldos que obtienen y de ingresos por asesoramientos políticos que hacen en función a leyes que ellos mismos posteriormente votan. Me parece que esta mal pelado el chancho.-}
Estimado, su hermano debe apelar a la resolución que decreta la suspensión condicional, agregando el hecho que él reside en otro domicilio y, quizá solicitar que se cambie de causal, porque en la práctica, se le está aplicando la condición de no residir en lugar determinado (letra a), art. 238) y solicitar que, cambien la condición/causal, en razón que el imputado está dispuesto a asumir otra condición como tomar terapia psicológica, firma quincenal o indemnizar a la víctima (lo más conveniente para él, menos la letra a) o b) del 238). Tiene que contratar abogado. El único problema que veo es que quizá el inmueble es un solo Rol (dos casas en copropiedad) y que por eso lo están condicionando a dejar de residir en la propiedad del ROL (con las dos casas), en vez de expulsarlo del domicilio (casa B). Espero haber ayudado.
Trust investing está aprobada en el artículo 140 de la ley de mercado
Descuento de un 1% de la Ley 15.386 de 1963 sobre FRP, que se aplica a imponentes de la DIPRECA solo se ejecuta un 1% y los excedentes de 99% se transfieren a la Comisión Revalorizadora de Pensiones del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. En Presupuesto Público 2021 quieren usar excedentes acumulados por $56 mil millones de este Fondo para el Fondo Desahucio de Carabineros.
Es legal, es legítimo, además que no es ético.
¿Estos excedentes acumulados, previa cotización de los imponentes, debieran ser devueltos a éstos?
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