Regula a las aplicaciones de transporte remunerado de pasajeros y los servicios que a través de ellas se presten Chile
Regula a las aplicaciones de transporte remunerado de pasajeros y los servicios que a través de ellas se presten
- TÍTULO I
DE LAS EMPRESAS DE APLICACIÓN DE TRANSPORTES Y SU REGISTRO - Artículo 1. Se denominará empresa de aplicación de transportes, en adelante también e...
- Artículo 2. Créase un registro electrónico que contendrá la nómina de las empresas de...
- Artículo 3. El Registro a que se refiere el artículo anterior será de consulta pública....
- TÍTULO II
DE LOS REQUISITOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO - Artículo 4. Para prestar servicios de transporte remunerado de pasajeros, las empresas...
- Artículo 5. Las empresas de aplicación de transportes inscritas en el Registro deberán...
- Artículo 6. Los conductores de los vehículos adscritos a una EAT deberán poseer licencia...
- Artículo 7. Los vehículos que operen con aplicaciones inscritas por las empresas de...
- Artículo 8. Los taxis en cualquiera de sus modalidades, con excepción de la de taxi...
- Artículo 9. Prohíbese a las EAT realizar servicios de carácter compartido, esto es,...
- TÍTULO III
DE LA GESTIÓN Y TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN - Artículo 10. Las empresas de aplicación de transportes deberán registrar y mantener a...
- TÍTULO IV
DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES - Artículo 11. Las empresas de aplicación de transportes y los conductores, según...
- Artículo 12. Las empresas de aplicación de transportes que incurran en alguna de las...
- Artículo 13. Las empresas o conductores que alteren de cualquier forma el mecanismo de...
- Artículo 14. El conductor de un vehículo que realice servicios de transporte menor...
- Artículo 15. Constituirá una presunción de la realización de las infracciones...
- TÍTULO V
OTRAS DISPOSICIONES - Artículo 16. Los actos y contratos que celebren los pasajeros mediante las plataformas de...
- Artículo 17. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá establecer...
- Artículo 18. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones evaluará anualmente las...
- Artículo 19. Las empresas de aplicación de transportes podrán solicitar a la...
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Como lo puedo ubicar a ud lo necesito porqud medijeron que ud me puede solucional todas mis respuestas las grande intituciones que me estan apollando en mis derechos de autor y mis derecbos a economia y finanzas en general ,bienes etc
Se solicita en el Sag, ellos lo derivan al Minvu, por esose convierte en un trámite laaaaaargo
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curado. ¿Haría lo anterior imposible solicitar la curaduría?
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curador.
b) Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo.
PD (17/7/24): leyes-cl.com ya hizo la corrección del caso, muchas gracias.
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