Permite a los profesionales de la educación que indica, entre los años 2016 y 2024, acceder a la bonificación por retiro voluntario establecida en la ley n° 20.822 Chile
Permite a los profesionales de la educación que indica, entre los años 2016 y 2024, acceder a la bonificación por retiro voluntario establecida en la ley n° 20.822
- Artículo 1. Los profesionales de la educación que pertenezcan a una dotación docente del...
- Artículo 2. La bonificación se regulará por la ley Nº 20.822. Con todo, se le aplicarán...
- Artículo 3. A los profesionales de la educación que accedan a un cupo de la bonificación...
- Artículo 4. Los profesionales de la educación que tengan derecho al bono que establece...
- Artículo 5. Los profesionales de la educación que se acojan a los beneficios de la...
- Artículo 6. Un reglamento dictado por el Ministerio de Educación, que también deberá ser...
- Artículo 7. Podrán acceder a la bonificación los profesionales de la educación del...
- Artículo 8. En el marco de esta ley, el Ministerio de Educación, en cada uno de los...
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Como lo puedo ubicar a ud lo necesito porqud medijeron que ud me puede solucional todas mis respuestas las grande intituciones que me estan apollando en mis derechos de autor y mis derecbos a economia y finanzas en general ,bienes etc
Se solicita en el Sag, ellos lo derivan al Minvu, por esose convierte en un trámite laaaaaargo
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curado. ¿Haría lo anterior imposible solicitar la curaduría?
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curador.
b) Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo.
PD (17/7/24): leyes-cl.com ya hizo la corrección del caso, muchas gracias.
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