Otorga un mejoramiento especial a los profesionales de la educacion que indica Chile
Otorga un mejoramiento especial a los profesionales de la educacion que indica
- Título I
Incremento de las remuneraciones docentes
Capítulo I
Aumento de la bonificación proporcional. Derogado. - Artículo 1. Derogado.
- Artículo 2. Derogado.
- Artículo 3. Derogado.
- Capítulo II
Remuneración total mínima - Artículo 4. Las actuales remuneraciones totales mínimas de los profesionales de la...
- Artículo 5. Para la determinación de la remuneración total mínima, que deberán realizar...
- Capítulo III
Párrafo 1º
Incrementos de la subvención - Artículo 6. Desde el 1 de febrero de 2004 se pagará a los sostenedores de...
- Artículo 7. Los valores de incremento a la subvención fijados en el artículo 9º del...
- Artículo 8. Desde el 1 de febrero de 2004 se pagará a los sostenedores de...
- Párrafo 2º Destinación exclusiva del incremento de la subvención
- Artículo 9. Los recursos que obtengan los sostenedores de los establecimientos...
- Capítulo IV
Valor mínimo de las horas cronológicas - Artículo 10. Los valores de las horas cronológicas para los profesionales de la educación...
- Capítulo V Aumento de remuneraciones para los profesionales de la educación de los establecimientos administrados según el decreto ley Nº 3.166, de 1980
- Artículo 11. Los profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos...
- Título II Perfeccionamiento de las normas laborales para los docentes
- Artículo 12. Modifícase el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1996, del Ministerio de...
- Artículo 13. Agrégase el siguiente artículo 54 bis nuevo al decreto con fuerza de ley N°...
- Artículo 14. Modifícase el artículo 13 de la ley Nº 19.715, de la siguiente manera: a)...
- Título III Incentivos variables para los profesionales de la educación
- Artículo 15. Modifícase el valor actual del factor de la subvención por desempeño de...
- Artículo 16. Reemplázase el inciso cuarto del artículo 15 de la ley Nº 19.410 por el...
- Artículo 17. Derogado.
- Artículo 17 BIS. Derogado.
- Artículo 18. Establécese una asignación de desempeño colectivo para los profesionales de...
- Artículo 19. El mayor gasto fiscal que signifique esta ley se financiará con cargo al...
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Como lo puedo ubicar a ud lo necesito porqud medijeron que ud me puede solucional todas mis respuestas las grande intituciones que me estan apollando en mis derechos de autor y mis derecbos a economia y finanzas en general ,bienes etc
Se solicita en el Sag, ellos lo derivan al Minvu, por esose convierte en un trámite laaaaaargo
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curado. ¿Haría lo anterior imposible solicitar la curaduría?
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curador.
b) Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo.
PD (17/7/24): leyes-cl.com ya hizo la corrección del caso, muchas gracias.
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