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Normas complementarias de administracion financiera, personal y de incidencia presupuestaria Artículo 31 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 30-05-2023

Normas complementarias de administracion financiera, personal y de incidencia presupuestaria
Artículo 31.

Facúltase al Presidente de la República, por el plazo de un año, para que, mediante uno o más decretos expedidos por intermedio del Mimisterio de Justicia, los que deberán ser suscritos también por el Ministro de Salud Pública, traspase cargos, de planta o a contrata, remunerados de acuerdo al decreto ley N° 249, de 1974, o por horas de la ley N° 15.076, de la dotación del Servicio Médico Legal, que prestan sus servicios en las Regiones del País, excluida la Región Metropolitana, a los Servicios de Salud de la Región correspondiente.

Las personas que ocupen en el Servicio Médico Legal los cargos que sean traspasados seguirán desempeñándolos en el Servicio de Salud correspondiente, sin solución de continuidad ni necesidad de nuevo nombramiento y les corresponderá igual remuneración que la de que gocen los funcionarios del mismo grado y escalafón o números de horas contratadas del Servicio de Salud a que sean traspasados.

Los cargos de planta del Servicio Médico Legal que sean traspasados, se entenderán suprimidos en la planta y dotación de dicho Servicio y creados, con el mismo grado, en la planta del Servicio de Salud respectivo, cuya planta y dotación se entenderán incrementadas en igual número de cargos que los traspasados.



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si sólo tiene 3 hijos y no hay cónyuge sobreviviente, cada uno tiene el 33,3%. Si hay cónyuge sobreviviente a cada hijo le corresponde el 20%.


Mi tío murió y de su primer matrimonio tuvo 3 hijos y obtuvo su bien propio antes de su segundo matrimonio, en el cual se casó con bienes mancomunados, la duda que tenemos es cuanto porcentaje de la herencia toca cada uno?.


La señora Juana Inés de la Cruz Seijas es de nacionalidad colombiana, vino a Guatemala en el año de 2021, cuando tenía 18 años, en su país de origen se establece que la mayoría de edad se obtiene a los 21 años. Ella decidió a los 6 meses de haber ingresado a Guatemala quedarse para establecer una empresa que se dedicara a la venta de ropa colombiana por lo que decidió asociarse con un grupo de personas para formar una sociedad anónima en Guatemala.

1 ¿tiene capacidad en Guatemala la señora Inés Seijas?

2 ¿Puede la señora Inés Seijas ser parte de los socios fundadores de una sociedad anónima en Guatemala?


Buenas tardes. Gracias por informarnos.


Se pegó por error el "L. 19.585"


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