Modifica ley 18.591 y establece normas sobre fondos solidarios de credito universitario Artículo 16 Chile
Modifica ley 18.591 y establece normas sobre fondos solidarios de credito universitario
Artículo 16.
Facúltase a los administradores generales de los fondos solidarios de crédito universitario para que efectúen descuentos por el pago anticipado de todo o parte de lo adeudado por los deudores de crédito universitario. Los descuentos no producirán menoscabo al patrimonio del fondo.
El descuento máximo será de un 2,5% por cada décimo del saldo deudor, en el caso de deudores que acreditan anualmente sus ingresos, o por cuota anual completa, tratándose de los deudores a que se refiere el artículo 12.
Tales descuentos se aplicarán sobre el monto pagado por el deudor en exceso del valor del pago anual correspondiente, y siempre que dicho exceso represente una fracción no menor a las referidas en el inciso precedente.
Chile Art. 16 Modifica ley 18.591 y establece normas sobre fondos solidarios de credito universitario
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hola.... esta correcto si se pide el cumpimiento despues de 1-3 meses de emitida la resolucion por juzgado poicia local?... Si al pedirla, se rechaza por extemporaneo, que hacer????? AYUDAAaaa
VALE SEX vosotros sabéis
Me llegó una notificación previo rechazo, habiendo ingresado una reunificación familiar por vínculo, antes de la misma me autodenuncié y pagué la multa según la sanción establecida.
Deberian de contratar al abogado promesa, don Agustin Aracena.
Es formal o sustantivo?
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