Modifica ley 18.591 y establece normas sobre fondos solidarios de credito universitario Artículo 15 Chile
Modifica ley 18.591 y establece normas sobre fondos solidarios de credito universitario
Artículo 15.
En caso de incumplimiento del pago anual que corresponda efectuar en conformidad con lo establecido en los artículos anteriores, dicha obligación devengará un interés penal del 1% por cada mes o fracción de mes en que se retrase su cumplimiento, y el administrador general del fondo de la institución de educación superior procederá al cobro ejecutivo del mismo.
Las nóminas de los deudores morosos por las obligaciones a que se refiere la presente ley, serán públicas.
Chile Art. 15 Modifica ley 18.591 y establece normas sobre fondos solidarios de credito universitario
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hola.... esta correcto si se pide el cumpimiento despues de 1-3 meses de emitida la resolucion por juzgado poicia local?... Si al pedirla, se rechaza por extemporaneo, que hacer????? AYUDAAaaa
VALE SEX vosotros sabéis
Me llegó una notificación previo rechazo, habiendo ingresado una reunificación familiar por vínculo, antes de la misma me autodenuncié y pagué la multa según la sanción establecida.
Deberian de contratar al abogado promesa, don Agustin Aracena.
Es formal o sustantivo?
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