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Moderniza el sector portuario estatal Artículo 51 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03-04-2025

Moderniza el sector portuario estatal
Artículo 51.

El reglamento de licitaciones a que se refiere el artículo anterior, propenderá a fijar condiciones estables para los procesos de licitación, que propicien la libre competencia y que otorguen garantías de equidad para los concesionarios de los puertos estatales entre sí y entre éstos y los puertos privados, para cuyos efectos este reglamento contendrá, a lo menos, los elementos siguientes:

1º. Las normas que regulan el procedimiento de adjudicación;

2º. El plazo máximo de vigencia de los contratos;

3º. Los criterios técnicos de asignación de las propuestas;

4º. Las obligaciones técnicas, operacionales y económicas que deben incorporarse en las respectivas bases de licitación;

5º. Las garantías que deben rendirse;

6º. El régimen de sanciones aplicables a los incumplimientos de los contratos;

7º. Las causales de extinción de dichos actos y contratos, y

8º. Los contenidos mínimos de las bases de licitación.

Tratándose de concesiones portuarias éstas se extinguirán por:

a) El vencimiento del plazo de la concesión;

b) Mutuo acuerdo de las partes;

c) Incumplimiento grave de las obligaciones del concesionario, y

d) Las causales que estipulen las bases de licitación.



Chile Art. 51 Moderniza el sector portuario estatal
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Los nuevos comentarios en el sitio web

Muy buenos días cuanto tarda la corte de apelaciones en dar un veredicto? ò salir de el estado relator 372?, esperando una respuesta se agradece.


Las pistas de una rotonda sde comportan igual que las pistas de una calle normal?

Con ello pregunto: Si alguien conduciendo en una rotonda toma una salida desde la pista central o la de la mas izquierda, estaría infringiendo el artículo 135?

Extracto Artículo 135:

> la iniciación de un viraje a la derecha y el viraje mismo deberá hacerse tan cerca como sea posible de la cuneta de la mano derecha o del borde de la calzada


excelente.


¿Pa cuando se van los venecos?


No, a lo mucho constituye una falta penal en ciertos casos.


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