Ley nº 15.840, de 1964 y del dfl. nº 206, de 1960 Artículo 39 Chile
Ley nº 15.840, de 1964 y del dfl. nº 206, de 1960
Artículo 39.
Se prohíbe a los dueños de los predios colindantes con los caminos públicos nacionales, ocupar las fajas de 35 metros medidos a cada lado de los cierros actuales o los que se ejecuten en variantes o caminos nuevos nacionales, con construcciones de tipo definitivo que en el futuro perjudiquen su ensanche.
Chile Art. 39 Ley nº 15.840, de 1964 y del dfl. nº 206, de 1960
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Muy buenos días cuanto tarda la corte de apelaciones en dar un veredicto? ò salir de el estado relator 372?, esperando una respuesta se agradece.
Las pistas de una rotonda sde comportan igual que las pistas de una calle normal?
Con ello pregunto: Si alguien conduciendo en una rotonda toma una salida desde la pista central o la de la mas izquierda, estaría infringiendo el artículo 135?
Extracto Artículo 135:
> la iniciación de un viraje a la derecha y el viraje mismo deberá hacerse tan cerca como sea posible de la cuneta de la mano derecha o del borde de la calzada
¿Pa cuando se van los venecos?
No, a lo mucho constituye una falta penal en ciertos casos.
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Sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia Artículo 11. Autonomía progresiva Ley de mercado de valores Artículo 190. Ley de mercado de valores Artículo 153 BIS. Ley nº 15.840, de 1964 y del dfl. nº 206, de 1960 Artículo 85. Regula las transacciones comerciales de productos agropecuarios Artículo 14.Publique la información de sí mismo
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