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Ley de migración y extranjería Artículo 57 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23-04-2024

Ley de migración y extranjería
Artículo 57. Prevalencia de la residencia

En el caso de que un poseedor de un permiso de residencia vigente ingrese al país en calidad de titular de permanencia transitoria, siempre prevalecerá la calidad de residencia con que dicho extranjero haya salido de Chile.

El mismo criterio de prevalencia del inciso anterior regirá en aquellos casos en que el extranjero hubiere solicitado un permiso de residencia y cuente con un documento de solicitud en trámite vigente.



Chile Art. 57 Ley de migración y extranjería
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Los comentarios de los usuarios

Hola buenas tardes tengo una duda si me pueden dar la información Yo tengo mi visa sujeta a contrato y tengo un año de haber salido de chile mi visa vence en diciembre si yo quiero retornar ahorita en agosto lo puedo hacer de manera normal entrar a Chile o ya perdí mi visa muchas gracias en la información que me puedan brindar

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