Establece beneficios para padres, madres y cuidadores de niños o niñas, en las condiciones que indica Chile
Establece beneficios para padres, madres y cuidadores de niños o niñas, en las condiciones que indica
- TÍTULO I
De la licencia médica preventiva parental por causa de la enfermedad COVID-19 - Artículo 1. Los trabajadores que se encuentren haciendo uso del permiso postnatal...
- Artículo 2. Durante el periodo de licencia médica preventiva parental, el trabajador...
- Artículo 2 BIS. Los trabajadores que hagan uso de la licencia médica preventiva parental...
- Artículo 3. La Superintendencia de Seguridad Social estará facultada para dictar una o...
- TÍTULO II
De los beneficios para los trabajadores al cuidado personal de niños o niñas - Artículo 4. Mientras permanezca suspendido el funcionamiento de establecimientos...
- TÍTULO III
De los efectos de la suspensión por motivos de cuidado - Artículo 5. El ejercicio del derecho a que se refiere el Título II de la presente ley...
- Artículo 6. Los trabajadores que hayan suspendido los efectos del contrato de trabajo...
- Artículo 7. En el caso de trabajadores que hayan recibido las prestaciones conforme a la...
- Artículo 8. En el evento de que el empleador pusiere término al contrato de trabajo...
- TÍTULO IV
Otras disposiciones - Artículo 9. Mientras permanezca suspendido el funcionamiento de establecimientos...
- Artículo 10. Los trabajadores de casa particular tendrán derecho a suspender los efectos...
- Artículo 11. Las prestaciones de que trata la presente ley, serán compatibles con el...
- Artículo 12. Corresponderá a la Dirección del Trabajo, el conocimiento de los asuntos que...
- Artículo 13. La Superintendencia de Pensiones estará facultada para dictar una o más...
- Artículo 14. En relación al cálculo, registro y pago de las cotizaciones previsionales...
- Artículo 15. La Dirección del Trabajo deberá mantener en su sitio web un registro público...
- Artículo 16. Las personas que, conforme al Título II de la presente ley, obtuvieren...
- Artículo 17. Para efectos del financiamiento de las prestaciones que se otorgan en virtud...
- Artículo 18. En aquellos casos en que la licencia médica preventiva parental del Título I...
- Artículo 19. El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el...
- Artículo 20. Las disposiciones de la presente ley regirán desde el día de su publicación...
Otras regulaciones
Declara el 29 de junio de cada año como el día nacional de la pesca artesanal Crea el servicio nacional de la mujer Establece la conmemoración anual del día mundial de los refugiados el 20 de junio y del día internacional del migrante, el 18 de diciembre Sobre documentos electronicos, firma electronica y servicios de certificacion de dicha firma Declara como feriado los días 17 y 18 de enero de 2018 en la región de la araucanía y en la de tarapacá, respectivamente, con motivo de la visita del papa franciscoMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
Hola; si un delito es producido en un país, pero causa sus efectos en otro, hay 3 teorías que pretenden solucionar el problema
La teoría de la acción, o sea, donde se ejecuta la conducta, más allá, de donde se produzca el resultado; La teoría del resultado, por el contrario, lo importante es donde se produce el efecto. Y, por último, la teoría de la ubicuidad. En la cual, en definitiva, son competentes tanto el país en el que se da la ejecución del hecho, como aquel en el cual se producen los resultados. Cualquiera de ellos puede conocer el delito. Siempre considerando el principio non bis in ídem. Es decir, no puede ser condenado 2 veces por la misma conducta.
Soy estudiante de derecho (2do año)
una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?
buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada
La jornada ordinaria de trabajo no debe superar las 180 horas mensuales; lo que resulta como mínimo legal a pagar por el empleador (aún trabajado menos) y todo lo que supere las 180 es hora (precio) extra.
Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483
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Sitio web: www.palmaabogados.cl
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Buenos días estoy trabajando 7x1 rotativo de 8 horas.. Para el cálculo se puede sacar el total del mes ya que la empresa dice que aveces trabajamos menos en la semana
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