Crea un sistema de tratamiento automatizado de infracciones del tránsito y modifica las leyes n° 18.287 y n° 18.290 Chile
Crea un sistema de tratamiento automatizado de infracciones del tránsito y modifica las leyes n° 18.287 y n° 18.290
- Título I
De la Fiscalización y el Tratamiento Automatizados de Infracciones de Tránsito - Artículo 1. Créase, en la Subsecretaría de Transportes del Ministerio de Transportes y...
- Artículo 2. A la División de Fiscalización del Transporte y Tratamiento Automatizado de...
- Artículo 3. Las comunicaciones o notificaciones que se emitan en el cumplimiento de las...
- Título II
De la Red de Dispositivos Automatizados de Registro de Infracciones de Tránsito - Artículo 4. La Subsecretaría de Transportes, a través de la División de Fiscalización...
- Artículo 5. Las zonas, vías, calles o caminos en las que se instalen los dispositivos...
- Artículo 6. Los requerimientos técnicos, de fiabilidad y certeza que deban cumplir los...
- Artículo 7. Las actividades de fiscalización podrán realizarse mediante el empleo de...
- Título III
De la detección y notificación de las infracciones de la ley de Tránsito y la denuncia ante el juzgado de policía local - Artículo 8. Corresponderá a la Subsecretaría de Transportes notificar al propietario de...
- Artículo 9. La notificación al propietario de un vehículo que sea detectado por los...
- Artículo 10. La notificación a que hace referencia el artículo anterior deberá contener:...
- Artículo 11. Quien no impugne la notificación de haber sido detectado en alguno de los...
- Artículo 12. En los siguientes casos, la Subsecretaría de Transportes remitirá los...
- Artículo 13. Cuando no corresponda el conocimiento a un juzgado de policía local, el...
- Artículo 14. La Subsecretaría de Transportes deberá pronunciarse sobre la impugnación en...
- Artículo 15. Dentro del término de veinte días, contado desde la notificación de la...
- Artículo 16. Tratándose de los supuestos indicados en el artículo 12, la Subsecretaría de...
- Artículo 17. La Subsecretaría de Transportes dispondrá una plataforma electrónica con los...
- Artículo 18. Los pagos anticipados que se realicen en virtud de lo prescrito en esta ley...
- Artículo 19. Para los efectos de la presente ley, se entenderá que es competente el...
- Artículo 20. Los plazos de días establecidos en esta ley son de días hábiles. Se...
- Título IV
Otras disposiciones - Artículo 21. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a través de la...
- Artículo 22. Cuando con ocasión de la utilización de los mecanismos automatizados de...
- Título V
Modificaciones legales - Artículo 23. Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.290, de Tránsito,...
- Artículo 24. Intercálase en el inciso final del artículo 20 de la ley N° 18.287, que...
- Artículo 25. Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 1 de la ley N°...
- Artículo 26. Un reglamento expedido por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones...
Otras regulaciones
Autoriza la construcción de un monumento en homenaje a don sven olof joachim palme Declara feriado el día 2 de octubre de 2017 para la región de los ríos Crea el instituto nacional de desarrollo sustentable de la pesca artesanal y de la acuicultura de pequeña escala, indespa Perfecciona normativa sobre profesionales y trabajadores del sector público de salud Promueve la competencia e inclusión financiera a través de la innovación y tecnología en la prestación de servicios financieros, ley fintecMejores juristas





La señora Juana Inés de la Cruz Seijas es de nacionalidad colombiana, vino a Guatemala en el año de 2021, cuando tenía 18 años, en su país de origen se establece que la mayoría de edad se obtiene a los 21 años. Ella decidió a los 6 meses de haber ingresado a Guatemala quedarse para establecer una empresa que se dedicara a la venta de ropa colombiana por lo que decidió asociarse con un grupo de personas para formar una sociedad anónima en Guatemala.
1 ¿tiene capacidad en Guatemala la señora Inés Seijas?
2 ¿Puede la señora Inés Seijas ser parte de los socios fundadores de una sociedad anónima en Guatemala?
Buenas tardes. Gracias por informarnos.
Se pegó por error el "L. 19.585"
solicitar posesión efectiva y con eso puede ir al banco
claro que si, ya que carece de compromiso de compraventa, es solo verbal.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios