Crea un fondo de garantías especiales Chile
Crea un fondo de garantías especiales
- Artículo 1°. Créase una persona jurídica de derecho público, de duración indefinida, con...
- Artículo 2°. El patrimonio del Fondo estará formado por: a) Un aporte fiscal...
- Artículo 3°. Podrán optar a la garantía del Fondo todas las personas naturales o...
- Artículo 4°. Los financiamientos que garantice el Fondo podrán ser en moneda corriente,...
- Artículo 5°. El Fondo será administrado por el Banco del Estado de Chile, el que, además,...
- Artículo 6°. Las instituciones participantes llevarán un registro de las operaciones que...
- Artículo 6 BIS. Reembolsada la garantía a la institución que solicitó su cobro, el Fisco se...
- Artículo 7°. Las instituciones participantes representarán al Fondo en la cobranza de los...
- Artículo 8°. Los ingresos del Fondo quedarán exentos de toda clase de impuestos o...
- Artículo 9°. Corresponderá a la Comisión para el Mercado Financiero la fiscalización del...
- Artículo 10. El Fondo podrá, sujeto a las condiciones que establezca para estos efectos...
Mejores juristas
![](/images/photos/min/714.jpeg)
![](/images/photos/min/guest.png)
![](/images/photos/min/56.jpeg)
![](/images/photos/min/35.jpeg)
![](/images/photos/min/72.jpeg)
Como lo puedo ubicar a ud lo necesito porqud medijeron que ud me puede solucional todas mis respuestas las grande intituciones que me estan apollando en mis derechos de autor y mis derecbos a economia y finanzas en general ,bienes etc
Se solicita en el Sag, ellos lo derivan al Minvu, por esose convierte en un trámite laaaaaargo
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curado. ¿Haría lo anterior imposible solicitar la curaduría?
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curador.
b) Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo.
PD (17/7/24): leyes-cl.com ya hizo la corrección del caso, muchas gracias.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios