Crea examen único nacional de conocimientos de medicina, incorpora cargos que indica al sistema de alta dirección pública y modifica la ley nº19.664 Chile
Crea examen único nacional de conocimientos de medicina
- Artículo 1. Establécese, como requisito de ingreso para los cargos o empleos de médico...
- Artículo 2. Sin perjuicio de los demás requisitos que se exijan, los médicos cirujanos...
- Artículo 2 Bis. El examen único nacional de conocimientos de medicina a que se refiere el...
- Artículo 3. Otórgase a los cargos de Subdirector Médico de Hospital y Director de...
- Artículo 4. Tratándose de los cargos de Director de Hospital o de Servicio de Salud...
- Artículo 5. Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 19.664: 1. En el...
- Artículo 6. Declárase que la asignación de reforzamiento profesional diurno a que se...
- Artículo 7. Las jornadas diurnas de 11 ó 22 horas semanales de los profesionales...
- Artículo 8. Agréganse, al artículo 14 de la ley Nº 15.076, los siguientes incisos cuarto...
- Artículo 9. Los nombramientos en los cargos correspondientes a Jefes de Unidades de...
- Artículo 10. Establécese, a contar del día 1 de noviembre de 2007, un bono mensual de...
- Artículo 11. Agréganse, en la letra g) del artículo 23 del decreto con fuerza de ley Nº...
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ola ola kiero trabajo alo
- Hola. Palabrear a una persona, es sancionado penalmente ? Saludos
jose tomas felicidades por aprobar el grado, mero tramite
quiero saber o que me orienten si en mi caso entra este articulo 1556 ya que en mi situacion llevo seis meses trabajando sin descanso trabajo de lunes a viernes 5*2 y asta los descanso los trabajo ya que donde trabajo yo ,es una posta rural en la localidad de quillagua pertenece a la comuna maria elena segunda region de chile serca de la aduana ruta 5 norte ,tengo colegas que pertenecen a mi mismo rubro y ellos no quieren venir sacar mis descanso se niegan y nuestra jefatura no hace nada por esta situacion y me han quitado bono , no pagan el almuerzo todo sale de mi bolsillo,tampoco y me pagan 44 horas de sobre tiempo y el resto de horas debo tomarlos como descanso si no tengo queien me saque los pierdo ensima si sigo reclamando me pueden cancelar pero tengo todas las de ganar pero nesecito orientacion dejo mi correo
josepatriciomonardezarce225@gmail.com
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