Crea examen único nacional de conocimientos de medicina, incorpora cargos que indica al sistema de alta dirección pública y modifica la ley nº19.664 Chile
Crea examen único nacional de conocimientos de medicina
- Artículo 1. Establécese, como requisito de ingreso para los cargos o empleos de médico...
- Artículo 2. Sin perjuicio de los demás requisitos que se exijan, los médicos cirujanos...
- Artículo 2 Bis. El examen único nacional de conocimientos de medicina a que se refiere el...
- Artículo 3. Otórgase a los cargos de Subdirector Médico de Hospital y Director de...
- Artículo 4. Tratándose de los cargos de Director de Hospital o de Servicio de Salud...
- Artículo 5. Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 19.664: 1. En el...
- Artículo 6. Declárase que la asignación de reforzamiento profesional diurno a que se...
- Artículo 7. Las jornadas diurnas de 11 ó 22 horas semanales de los profesionales...
- Artículo 8. Agréganse, al artículo 14 de la ley Nº 15.076, los siguientes incisos cuarto...
- Artículo 9. Los nombramientos en los cargos correspondientes a Jefes de Unidades de...
- Artículo 10. Establécese, a contar del día 1 de noviembre de 2007, un bono mensual de...
- Artículo 11. Agréganse, en la letra g) del artículo 23 del decreto con fuerza de ley Nº...
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Hola buenas tardes estoy enviando oficio para reconsideración de multa a mi juicio anulación pero no se si existe eso, mi consulta cual es la causal que se pone ? porque entiendo n503 es reclamación judicial y esto se lleva a tribunales o me equivoco? será 511 y 512 ? agradezco respuesta
Hola para un contrato tránsitorio 183 Ñ letra C desde junio a noviembre , Luego por un mes (Diciembre) cambio a letra E.
Es legal ?? cuánto tiempo puedes trabajar bajo está modalidad?
Atte
Jack.
Se llama alimentario. Las deudas de pensión de alimentos prescriben en 5 años desde que se hicieron exigibles. Con la sentencia que declara el cese de la pensión, simplemente dejarán de devengarse las pensiones periódicas, pero las ya devengadas con anterioridad subsisten por el plazo señalado.
Tiene un plazo el alimentado para reclamar pago de la pensión alimenticia, si ya salió una sentencia de cese de pago de pensión
Artículo incompleto, saludos
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