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Crea el servicio nacional de la mujer Artículo 13 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23-07-2024

Crea el servicio nacional de la mujer
Artículo 13.

Fíjase la siguiente planta del Servicio Nacional de la Mujer:

1) PLANTA DE DIRECTIVOS:

a) Primer Nivel Jerárquico Título VI Ley N°19.882:

Cargo Grado Director Nacional 1B Total

b) Segundo Nivel Jerárquico Título VI ley N°19.882:

Cargo Grado Subdirector 2° Fiscal 3° Directores Regionales 5° Directores Regionales 6° Total

c) Directivos afectos al artículo 8° del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°18.834, sobre Estatuto Administrativo:

Cargo Grado Jefes de Departamento 3° Jefes de Departamento 4° Total

2) PLANTA DE PROFESIONALES:

Cargo Grado Profesional 4° Profesionales 5° Profesionales 6° Profesionales 7° Profesionales 8° Profesionales 9° Profesionales 10° Profesionales 11° Profesionales 12° Profesionales 13° Profesional 14° Total

3) PLANTA DE TÉCNICOS:

Cargo Grado Técnico 9° Técnicos 10° Técnicos 11° Técnicos 12° Técnicos 13° Técnico 14° Técnico 15° Técnico 17° Total

4) PLANTA DE ADMINISTRATIVOS:

Cargo Grado Administrativo 10° Administrativos 11° Administrativos 12° Administrativos 13° Administrativos 14° Administrativos 15° Administrativo 16° Administrativos 17° Administrativo 21° Total

5) PLANTA DE AUXILIARES:

Cargo Grado Auxiliar 18° Auxiliar 19° Auxiliares 20° Auxiliar 23° Total

Total cargos Planta



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Como lo puedo ubicar a ud lo necesito porqud medijeron que ud me puede solucional todas mis respuestas las grande intituciones que me estan apollando en mis derechos de autor y mis derecbos a economia y finanzas en general ,bienes etc


Se solicita en el Sag, ellos lo derivan al Minvu, por esose convierte en un trámite laaaaaargo


Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curado. ¿Haría lo anterior imposible solicitar la curaduría?


Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curador.


b) Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo.

PD (17/7/24): leyes-cl.com ya hizo la corrección del caso, muchas gracias.


Dirección: Independencia 571

Email: [email protected]

Sitio web: www.sergioarenasabogado.cl


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