Crea el ministerio de energía y la comision nacional de energía Chile
Crea el ministerio de energía y la comision nacional de energía
- Artículo 1. El Ministerio de Energía es el órgano superior de colaboración del...
- Artículo 2. Corresponderá, en general, al Ministerio de Energía, elaborar y coordinar...
- Artículo 3. Para los efectos de la competencia que sobre la materia corresponde al...
- Artículo 4. Para el cumplimiento de su objetivo corresponderá al Ministerio, en...
- Artículo 5. La conducción del Ministerio corresponderá al Ministro de Energía, en...
- TITULO II
De la Comisión Nacional de Energía - Artículo 6. La Comisión Nacional de Energía será una persona jurídica de derecho...
- Artículo 7. Para el cumplimiento de su objetivo, y sin perjuicio de las demás...
- Artículo 8. La administración de la Comisión corresponderá al Secretario Ejecutivo,...
- Artículo 9. Corresponderá al Secretario Ejecutivo: -a) Preparar el proyecto de...
- Artículo 10. El patrimonio de la Comisión estará formado por: -a) Los recursos que se...
- TÍTULO III
Disposiciones Comunes - Artículo 11. El personal de la Comisión se regirá por las normas del Código del Trabajo y...
- Artículo 12. En el cumplimiento de sus funciones, y para el ejercicio de éstas, tanto el...
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La norma habla de "permanencia", desde luego, constatandose que el imputado se encuentra en el recinto, corresponde al funcionario de Gendarmería entregarle la notificación. Si se negare a aceptar la cédula o citación respectiva a pretexto de que el imputado no permanece en ese CDP, desde luego que el receptor puede dejar registro de ello para solicitar lo que corresponda. Si dicha negativa fuera injustificada y hay conocimiento de que el imputado permanece en ese centro, igualmente sería recomendable atestar sobre dicha circunstancia, de modo que se haga valer la responsabilidad del jefe del centro. Esto respecto de Gendarmería. La primera parte de la pregunta "respecto del tribunal", no se entiende.
Plazo de caducidad o prescripción? juegue
puede el tribunal o gendarmeria no notificar al imputado?
Si, hasta 10 años de carcel,
Slds.
Buenos días. Lamentablemente depende de la Corte de Apelaciones en que se encuentre el proceso y de la resolución o sentencia que se esté apelando. Por regla general la apelación de incidentes (que son cuestiones accesorias de un juicio) demoran aproximadamente 3 meses. Cuando la apelación es de sentencia definitiva (la que pone fin a un juicio resolviendo la solicitud principal) puede tardar muchísimo mas (por ejemplo, Valparaíso tarda aproximadamente 6 meses y Santiago puede tardar hasta 10).
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