Crea el ministerio de energía y la comision nacional de energía Chile
Crea el ministerio de energía y la comision nacional de energía
- Artículo 1. El Ministerio de Energía es el órgano superior de colaboración del...
- Artículo 2. Corresponderá, en general, al Ministerio de Energía, elaborar y coordinar...
- Artículo 3. Para los efectos de la competencia que sobre la materia corresponde al...
- Artículo 4. Para el cumplimiento de su objetivo corresponderá al Ministerio, en...
- Artículo 5. La conducción del Ministerio corresponderá al Ministro de Energía, en...
- TITULO II
De la Comisión Nacional de Energía - Artículo 6. La Comisión Nacional de Energía será una persona jurídica de derecho...
- Artículo 7. Para el cumplimiento de su objetivo, y sin perjuicio de las demás...
- Artículo 8. La administración de la Comisión corresponderá al Secretario Ejecutivo,...
- Artículo 9. Corresponderá al Secretario Ejecutivo: -a) Preparar el proyecto de...
- Artículo 10. El patrimonio de la Comisión estará formado por: -a) Los recursos que se...
- TÍTULO III
Disposiciones Comunes - Artículo 11. El personal de la Comisión se regirá por las normas del Código del Trabajo y...
- Artículo 12. En el cumplimiento de sus funciones, y para el ejercicio de éstas, tanto el...
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Como lo puedo ubicar a ud lo necesito porqud medijeron que ud me puede solucional todas mis respuestas las grande intituciones que me estan apollando en mis derechos de autor y mis derecbos a economia y finanzas en general ,bienes etc
Se solicita en el Sag, ellos lo derivan al Minvu, por esose convierte en un trámite laaaaaargo
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curado. ¿Haría lo anterior imposible solicitar la curaduría?
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curador.
b) Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo.
PD (17/7/24): leyes-cl.com ya hizo la corrección del caso, muchas gracias.
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