Imprimir

Crea el consejo de estabilidad financiera Artículo 6 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23-07-2024

Crea el consejo de estabilidad financiera
Artículo 6.

Atendida la naturaleza y objeto de las funciones del CEF establecidas en la presente ley, y para los efectos de cautelar el debido cumplimiento de las mismas, considerando que la publicidad de las materias tratadas por éste pudiere afectar la estabilidad financiera, perjudicando así el interés nacional en materia económica, serán reservadas sus deliberaciones e informes, así como los documentos, análisis o estudios que se reciban o generen en el CEF, sus grupos de trabajo o la Secretaría Técnica en el cumplimiento de sus funciones, salvo que se divulguen de acuerdo al inciso siguiente. Los actos declarados reservados por este artículo, mantendrán ese carácter por el término señalado en el inciso segundo del artículo 22 de la ley Nº 20.285, sobre acceso a la información pública. Con todo, si el plazo de reserva contemplado en la normativa orgánica de las entidades que conforman el CEF fuere mayor, la precitada información se mantendrá en dicho carácter por este último plazo.

Lo dispuesto en el inciso anterior no obstará a que el Consejo pueda difundir los informes que emita y la documentación que genere en el ámbito de sus competencias, cuando resuelva que ello propende al cumplimiento de su objeto y funciones. En caso de que esta información diga relación con las atribuciones de alguno de sus participantes, se deberá contar con la opinión favorable del representante de la institución respectiva para difundirla.

Sin perjuicio de lo anterior, el presidente del CEF deberá concurrir en el mes de marzo de cada año a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados y a la Comisión de Hacienda del Senado con el objeto de informar sobre aspectos generales de las actividades del CEF, en sesión secreta.

En todo caso, el Consejo no podrá difundir la información sujeta a reserva que reciba de conformidad con esta ley.



Chile Art. 6 Crea el consejo de estabilidad financiera
Artículo 1 ...4 5 6 7 8 ...13

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Como lo puedo ubicar a ud lo necesito porqud medijeron que ud me puede solucional todas mis respuestas las grande intituciones que me estan apollando en mis derechos de autor y mis derecbos a economia y finanzas en general ,bienes etc


Se solicita en el Sag, ellos lo derivan al Minvu, por esose convierte en un trámite laaaaaargo


Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curado. ¿Haría lo anterior imposible solicitar la curaduría?


Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curador.


b) Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo.

PD (17/7/24): leyes-cl.com ya hizo la corrección del caso, muchas gracias.


Dirección: Independencia 571

Email: [email protected]

Sitio web: www.sergioarenasabogado.cl


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse